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Organización y funcionamiento del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública

24/09/2012
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Orden de 14 de septiembre de 2012, de la Consejera de Interior, Justicia y Administración Pública sobre organización y funcionamiento del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública (BOPV de 21 de septiembre de 2012). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2012, DE LA CONSEJERA DE INTERIOR, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SOBRE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE INTERIOR, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

El Decreto 13/2012, de 2 de agosto, del Lehendakari, de cuarta modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos creó un nuevo Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública.

El Decreto estableció que el Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública desempeñará las funciones y áreas de actuación correspondientes a los Departamentos de Interior y de Justicia y Administración Pública contempladas en los artículos 6 y 9 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari.

Tal y como se expresaba en el mismo, la cercanía de las elecciones aconseja que la reorganización departamental garantice la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar ninguna interrupción en las mismas y, ordene el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el mismo.

Asimismo dispuso que, en tanto no se apruebe la estructura orgánica del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública, se mantendrán las actuales estructuras de los Departamentos afectados en todo lo que no se oponga al citado Decreto.

No obstante para la claridad de la norma, en este periodo transitorio, conviene establece algunos criterios organizativos que clarifiquen, más aun si cabe, los aspectos relativos a la gestión y tramitación administrativa de ambos ámbitos funcionales.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades que me atribuye el Decreto 16/2012, de 2 septiembre, del Lehendakari,

DISPONGO:

Artículo único.- Los órganos integrantes de los recientemente suprimidos Departamento de Interior y Departamento de Justicia y Administración Pública continuarán desarrollando las funciones previstas en el Decreto 471/2009, de 28 de agosto, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior y en el Decreto 479/2009, de 28 de agosto, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, con el alcance que en los mismos se describe.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En tanto no se apruebe la estructura orgánica del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública, se mantendrán las delegaciones de competencias, delegaciones de funciones y encomiendas de gestión ya establecidas en los respectivos ámbitos de Interior y Justicia y Administración Pública.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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