Diario del Derecho. Edición de 12/12/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/05/2012
 
 

Costa Cruceros

Costa Cruceros admite la ilegalidad de siete cláusulas de los contratos del 'Costa Concordia'

09/05/2012
Compartir: 

Los afectados podrán reclamar ante los tribunales españoles

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

Costa Cruceros ha admitido ante el juez la ilegalidad pos abusivas de siete cláusulas incluidas en los contratos firmados por los pasajeros afectados por el naufragio del buque 'Costa Concordia' en las costas italianas el pasado mes de enero con 4.200 pasajeros a bordo, según informan fuentes jurídicas a Europa Press.

Entre estas cláusulas, el representante legal de la compañía turística ha admitido el carácter abusivo de someter los litigios a la ley italiana y, en concreto, ante los tribunales de Génova. Esto da vía libre a los afectados para reclamar sus indemnizaciones ante los juzgados españoles.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha celebrado esta mañana el primer juicio en España contra Costa Cruceros por el naufragio del 'Costa Concordia' por una demanda presentada por la asociación de consumidores Ceaccu, que pedía la anulación de una decena de cláusulas contractuales. El juicio quedó visto para sentencia.

En reconocimiento por parte de Costa Cruceros beneficiará a todos los consumidores, ya que su inscripción en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación evitará que otras compañías turísticas las incluyan en sus contratos en el futuro, según explicaron las mismas fuentes.

La compañía de cruceros también ha reconocido el carácter abusivo de la cláusula que le permitía modificar unilateralmente elementos sustanciales del crucero (como el propio buque, el trayecto, o los lugares a visitar), así como la posibilidad de cancelar el viaje cuando que el número de pasajeros inscritos sea inferior al exigido con tres días de antelación a la salida.

Además, Costa Cruceros admite la ilegalidad de la obligación de pagar 50 euros por la cesión de la plaza a otro pasajero, el carácter puramente indicativo de los precios asignados en el catálogo a las excursiones y la posibilidad de modificarlas por circunstancias externas.

TRES CLÁUSULAS EN DISCUSIÓN.

Por su parte, el juez deberá dirimir en sentencia sobre tres cláusulas entre las que destacan la que exonera a la compañía turística de responsabilidad sobre los objetos de valor de los pasajeros depositadas en la caja fuerte general del buque y la que le exime de pagar por los objetos perdidos que no se depositaron en dicho servicio de seguridad.

Según explicó el abogado de Ceaccu, Eugenio Ribón, esto puede afectar a las reclamaciones de indemnizaciones que se presentarán ante los tribunales, ya que podría derivar en discusión sobre las cantidades a pagar.

La tercera cláusula en discusión es la que afecta a la resolución del contrato por parte del pasajero, que incluye penalizaciones. El juez tendrá ahora que dirimir en sentencia sobre la legalidad de estas cuatro cláusulas.

El objetivo de esta demanda era, en primer lugar, romper el blindaje de la empresa frente a las eventuales reclamaciones de los afectados, para posteriormente acudir a los tribunales para solicitar las indemnizaciones económicas para resarcir a las víctimas.

Ribón afirmó que con la admisión del carácter abusivo de sus cláusulas por parte de Costa Cruceros "se allana el camino para que los afectados reclamen una compensación más justa". La compañía ofreció a los perjudicados un total de 11.000 euros por los daños tanto materiales como morales provocados.

Una vez resuelto este procedimiento, Ceaccu continuará con la reclamación patrimonial de estas cantidades por cada pasajero, que espera tener presentada antes del próximo 31 de julio.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana