Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/05/2012
 
 

El TSJC confirma la obligación de la Junta Vecinal de Bostronizo de facilitar información a un vocal

04/05/2012
Compartir: 

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una sentencia que condenó en 2011 a la Junta Vecinal de Bostronizo a facilitar la información solicitada por uno de sus vocales que no asistió a la reunión en la que se abordó la misma.

SANTANDER, 3 May. (EUROPA PRESS) –

En concreto, el vocal de la Junta, JL.R.G., demandó documentación sobre las cuentas de los ejercicios 2008 y 2009 y el expediente de ocupación y adjudicación del edificio albergue 'Casa de los maestros', así como el contrato por el que se rige el nuevo arrendamiento.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Dos de Santander estimó el recurso interpuesto por el vocal contra la desestimación de su petición por silencio administrativo, al considerar que la Junta Vecinal vulneraba su derecho a disponer de toda la documentación para ejercer como cargo público.

Un derecho que según la sentencia, corroborada ahora por el TSJC, no se le ha respetado ni dejado ejercer, ya que aunque en una reunión celebrada en junio de 2010, posterior a la que no pudo asistir, que tuvo lugar el 13 de febrero de 2009, se trataron las cuestiones por las que pedía información, no se le suministró "ninguna documentación" para que pudiera verificar la misma.

Precisamente la Junta recurrió la sentencia del Juzgado alegando que se había suministrado información al demandante en posteriores sesiones y que sus archivos eran de acceso público, por lo que consideraba que no había vulnerado ningún derecho fundamental.

Sin embargo el TSJC, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo y otra, sí aprecia tal vulneración y recuerda que, tras la petición de información por el vocal, la Junta Vecinal no le suministró a éste documentación alguna ni en la sesión celebrada en 2010 "ni antes ni después".

Destaca además la falta de pronunciamiento y justificación de la Junta frente a los dos escritos de petición de documentación del recurrente.

Por ello, confirma la sentencia recurrida e impone las costas procesales a la Junta Vecinal.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana