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Conflicto positivo de competencia n.º 81-2008

27/04/2012
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Conflicto positivo de competencia n.º 81-2008, contra los artículos 5.4, 8, 9.2 y 12 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas. (BOE de 27 de abril de 2012) Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 81-2008, CONTRA LOS ARTÍCULOS 5.4, 8, 9.2 Y 12 DEL REAL DECRETO 1069/2007, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO COMUNITARIO DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN PROTEGIDAS Y DE LAS INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS Y LA OPOSICIÓN A ELLAS.

Preámbulo

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 17 de abril actual, ha acordado tener por desistido al Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencias número 81-2008, promovido por el Gobierno de Aragón en relación con los artículos 5.4, Vínculo a legislación 8, 9.2 Vínculo a legislación y 12 Vínculo a legislación del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas, declarando extinguido el proceso. Dicho conflicto fue admitido a trámite el 12 de febrero de 2008 (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” número 48, de 25 de febrero de 2008).

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