Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/04/2012
 
 

Por viajes y dietas de 2005

El Tribunal de Cuentas condena a tres exdirectivos de Sodercan a pagar 1.800 euros por gastos sin justificar

25/04/2012
Compartir: 

Estima parcialmente una demanda presentada por la OID el 3 de mayo de 2011

SANTANDER, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Cuentas ha condenado a tres exdirectivos de Sodercan -Fernando Quintero, exdirector financiero; Francisco Royano, exdirector general; y José Villaescusa, exconsejero delegado-, a pagar a la empresa pública 1.882 euros, más intereses, por gastos de representación sin justificar realizados durante el año 2005.

Estima así parcialmente la demanda de responsabilidad contable por alcance interpuesta en mayo de 2011 por la Organización Impulsora de Discapacitados (OID), que solicitaba que se declarase la existencia de un perjuicio en los fondos públicos a Sodercan de 14.394 euros.

La Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas declara responsables contables directos a los tres exdirectivos citados, a los que condena al pago de 1.882 euros -"el principal de los perjuicios ocasionados a los caudales públicos de Sodercan"- más los intereses, que cifra en 568 euros.

Esta cuantía aglutina los gastos en viajes y dietas realizados en 2005 que, según el Tribunal de Cuentas, no pueden considerarse justificados, ya que "a las facturas no se ha acompañado ninguna documentación, ni el resguardo del pago, ni aparecen los pagos en los extractos bancarios correspondientes al año 2005 aportados por Sodercan".

Paralelamente, el Tribunal de Cuentas desestima la pretensión de responsabilidad planteada por la OID contra el entonces consejero de Industria, Miguel Angel Pesquera, el exconsejero de Economía, Angel Agudo, Salvador Blanco, Bernardo Riego, Javier Eraso, Rosendo Carriles, Modesto Piñeiro y el exconsejero de Sanidad, Luis Truan, como miembros en 2005 de la Comisión Ejecutiva de Sodercan.

La sentencia del Tribunal de Cuentas, fechada el 9 de abril, ha sido difundida este martes por la OID. La organización señala en un comunicado que su intención es "que el funcionamiento de organismos pagados por el pueblo sean lo más transparente posible ante la sociedad".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  6. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  9. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana