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Motín en La Modelo

El TS confirma la pena a 17 años de cárcel a tres presos que secuestraron a tres funcionarios en un motín en La Modelo

09/04/2012
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Los internos maniataron a los trabajadores y les colocaron punzones en el cuello hasta que fueron liberados por otros funcionarios

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 17 años y medio de cárcel impuesta a dos reclusos de la cárcel Modelo de Barcelona, y la pena de 16 años de prisión para otro interno por retener a tres funcionarios de prisiones, a los que maniataron y colocaron punzones en sus gargantas, durante un motín ocurrido el 4 de febrero de 2007.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por los tres presos contra la sentencia dictada en mayo del pasado año por la Audiencia de Barcelona que consideró a los internos culpables de tres delitos de detención ilegal, otros dos de lesiones y una falta de lesiones.

El tribunal de instancia impuso las mayores penas a José Antonio R.A. y Manuel G.R., mientras que rebajó la condena al interno José Luis R. P. por su dependencia a las drogas.

Los hechos ocurrieron el 4 de febrero de 2007 cuando tres presos de un módulo de máxima seguridad se encontraban en el patio de la prisión. Cuando los funcionarios se disponían a reconducirles a sus celdas por haber finalizado su hora de patio, los internos se abalanzaron sobre ellos, les ataron con el cinturón de un albornoz y los cordones de un zapato, y colocaron objetos punzantes en sus gargantas.

El nerviosismo y la violencia aumentaron cuando llegaron otros trabajadores de la cárcel. Entonces, los reos amenazaron con "ejecutar" a los rehenes y solicitaron un teléfono móvil para exponer sus pretensiones, mientras que en un manuscrito hicieron plasmar sus reivindicaciones.

En un momento dado, los acusados se dirigieron a una celda y se enfrentaron a un interno, instante en el que otros funcionarios aprovecharon para liberar a sus compañeros.

SÍNDROME DE ABSTINENCIA

En una sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, el Supremo rechaza todos los motivos alegados en sus recursos por los tres acusados.

Éstos criticaron que la condena se basó en el "testimonio espurio" de los funcionarios, a lo que el alto tribunal responde que la prueba fue "suficiente, regular y lícita" y está corroborada por las declaraciones de otros testigos, una pericial médica y los manuscritos en los que reivindicaban la acción.

Por último, los magistrados rechazan la petición de José Luis R. P. de eximirle de su responsabilidad criminal bajo el argumento de que actuó bajo la influencia del síndrome de abstinencia al no habérsele suministrado el tratamiento de metadona que le había sido prescrito en el anterior centro penitenciario.

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