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Modificación de la relación de Puestos de Trabajo y el anexo Presupuestario de Personal de la Presidencia del Gobierno

26/10/2011
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Orden de 28 de septiembre de 2011, de los Departamentos de Presidencia y Justicia y de Hacienda y Administración Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y el anexo Presupuestario de Personal de la Presidencia del Gobierno (BOA de 25 de octubre de 2011) Texto completo.

ORDEN DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2011, DE LOS DEPARTAMENTOS DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA Y DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y EL ANEXO PRESUPUESTARIO DE PERSONAL DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, establece en el Título I el procedimiento de concesión y gestión de las subvenciones públicas, regulando el sistema ordinario de concesión en régimen de concurrencia competitiva y, con carácter excepcional, el procedimiento de concesión de subvenciones directas. Esta normativa tiene el carácter de legislación básica en muchos de sus aspectos, entre otros en la definición del procedimiento de concesión directa y su posible aplicación.

El sistema de subvenciones no sujetas a convocatoria específica que regula el Decreto 96/1984 Vínculo a legislación no tiene un adecuado encaje en la disposición estatal citada, ni en cuanto a su terminología, que resulta obsoleta, ni en cuanto a su contenido, puesto que no cumple con las prescripciones de la Ley General de Subvenciones Vínculo a legislación, ni responde a las necesidades de desarrollo normativo autonómico que es necesario llevar a cabo sobre esta materia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 14 de octubre de 2011,

DISPONGO:

Artículo único.-Queda derogado el Decreto 96/1984 de 29 de noviembre Vínculo a legislación, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el sistema de subvenciones no sujetas a convocatoria específica.

Disposición final única.-La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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