Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/09/2011
 
 

Deuda Pública

Emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña

02/09/2011
Compartir: 

Resolución ECO/2069/2011, de 28 de julio, por la que se dispone la puesta en circulación de una emisión de deuda pública de la Generalidad de Cataluña y se le da publicidad. (DOGC de 1 de septiembre de 2011) Texto completo.

RESOLUCIÓN ECO/2069/2011, DE 28 DE JULIO, POR LA QUE SE DISPONE LA PUESTA EN CIRCULACIÓN DE UNA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA Y SE LE DA PUBLICIDAD

Preámbulo

Visto lo que prevé el artículo 7.1 del Decreto 109/2011, de 11 de enero, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2010 mientras no sean vigentes los del 2011;

Visto lo que prevé la Resolución del consejero de Economía y Conocimiento, de 10 de enero de 2011, por la que se fija el coste máximo de las operaciones de crédito con vencimiento igual o inferior a un año a formalizar durante el período de prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2010, mientras no sean vigentes los del 2011;

Visto lo que prevé el artículo 7 de la Orden ECO/39/2011, de 11 de marzo, de delegación de competencias en varios órganos del Departamento de Economía y Conocimiento, Resuelvo:

-1 Poner en circulación valores negociables por importe de 100 millones de euros de las siguientes características:

Importe de la colocación: 100 millones de euros.

Importe mínimo de negociación: 1.000 euros.

Precio de emisión con cupón corrido: 100%.

Precio de reembolso: 100%.

Fecha de emisión: 01.08.2011.

Cupón: 6,00%.

Pago de intereses: un único pago al vencimiento.

Fecha de vencimiento: 01.08.2012.

Base de cálculo: Act/Act ICMA (Convención Act/Act Non-Adjusted, FBD).

Código ISIN: ES00000950O8.

-2 Adjudicar la puesta en circulación de valores negociables por importe de 100 millones de euros a CatalunyaCaixa.

-3 Publicar la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Noticias Relacionadas

  • Emisiones de Deuda Pública
    Decreto 372/2011, de 27 de diciembre, por el que se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública de la Junta de Andalucía, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a mil cuatrocientos sesenta y siete millones seiscientos setenta y dos mil quinientos cuarenta y cuatro euros con cincuenta céntimos (BOJA de 30 de diciembre de 2011). Texto completo. 02/01/2012
  • Operaciones de endeudamiento y regulación de la emisión de Deuda de Navarra
    Orden Foral 211/2011, de 22 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que, al amparo del Acuerdo de Gobierno de 16 de noviembre de 2011 en que se dispone la realización de operaciones de endeudamiento, se regula la emisión de Deuda de Navarra. (BON de 30 de diciembre de 2011) Texto completo. 02/01/2012
  • Deuda pública
    Resolución de 12 de agosto de 2011, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se dispone la puesta en circulación de una emisión de deuda pública de la Junta de Andalucía destinada a inversores minoristas (BOJA de 1 de septiembre de 2011). Texto completo. 02/09/2011
  • Emisiones de Deuda Pública
    Decreto 166/2011, de 24 de mayo, por el que se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública de la Junta de Andalucía, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a ochocientos cuarenta y cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil doscientos cuarenta euros (BOJA de 30 de mayo de 2011). Texto completo. 31/05/2011

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  6. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  7. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  8. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  9. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana