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Ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas

03/03/2010
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Orden AYG/221/2010, de 9 de febrero, por la que se modifica la Orden AYG/651/2009, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas en peligro de extinción (BOCYL de 2 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN AYG/221/2010, DE 9 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/651/2009, DE 9 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LAS ORGANIZACIONES O ASOCIACIONES DE RAZAS AUTÓCTONAS ESPAÑOLAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN.

Con fecha 24 de marzo de 2009 se publicó en el “Boletín Oficial de Castilla y León” n.º 56 la Orden AYG/651/2009, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas en peligro de extinción.

La experiencia en la gestión de las subvenciones convocadas al amparo de las citadas bases, determina la necesidad de modificar el periodo de ejecución de los gastos subvencionables, con la finalidad de que todos los costes derivados de la realización de las actividades subvencionables puedan ser objeto de ayuda.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006 Vínculo a legislación, de 21 de julio, en la Ley 5/2008 Vínculo a legislación, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector.

DISPONGO:

Artículo único.- Se modifica el apartado 4 del artículo 4 de la Orden AYG/651/2009, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas en peligro de extinción, que queda redactado del siguiente modo:

“4. Los gastos subvencionables deberán haber sido realizados dentro del período comprendido entre el 16 de septiembre del año anterior al de convocatoria y el 15 de septiembre del año de la correspondiente convocatoria.”

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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