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Bases Reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES

21/12/2009
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Orden EYE/2288/2009, de 9 de diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/312/2009, de 13 de febrero, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León (BOCYL de 18 de diciembre de 2009). Texto completo.

ORDEN EYE/2288/2009, DE 9 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EYE/312/2009, DE 13 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A PYMES PARA FOMENTAR EL ASCENSO PROFESIONAL DE LA MUJER EN CASTILLA Y LEÓN.

Por Orden EYE/312/2009, de 13 de febrero, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León.

La Base 3.ª apartado 3 c) de la Orden de Bases Reguladoras (según corrección de errores de la misma, publicada en “B.O.C. y L.” de 21 de mayo de 2009), establece como uno de los requisitos a tener en cuenta para el otorgamiento de la subvención, que “el ascenso o promoción profesional, suponga un incremento salarial, en cómputo anual, igual o superior a la cuantía que se fije en la convocatoria, y que se haya producido como consecuencia del cambio de categoría, grupo profesional o funciones, según Convenio Colectivo, si fuera de aplicación.”

La citada redacción ha planteado dudas acerca de lo que se entiende por “incremento salarial, en computo anual”, por lo que, dado que la mayoría de las solicitudes llevan aparejado un cambio de categoría profesional, suponiendo un incremento del salario base y como quiera que este, se tiene en cuenta para calcular las pagas extraordinarias, produciéndose un incremento en las mismas, se hace necesario modificar la Base 3.ª en este aspecto, de tal manera que se entienda por “incremento salarial, en computo anual”, el producido teniendo en cuenta, las doce pagas ordinarias y las dos extraordinarias que con carácter general se establecen en el Estatuto de los Trabajadores.

Por otro lado, el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos, tiene por objeto la supresión de la obligación de los interesados de aportar determinada documentación o la sustitución de ésta, en su caso, por declaraciones responsables.

Es por todo ello por lo que, se considera necesario efectuar una modificación del texto de la Orden, con el fin de adaptarla al Decreto anteriormente mencionado y de garantizar el objetivo a conseguir con estas ayudas.

En su virtud

DISPONGO

Artículo Único.- Se modifica la Orden EYE/312/2009, de 13 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León, en los siguientes términos:

- La Base 3.ª apartado 3 c), pasa a tener la siguiente redacción: “Que el ascenso o promoción profesional, suponga un incremento salarial, en cómputo anual, calculado teniendo en cuenta catorce pagas (doce pagas ordinarias y dos pagas extraordinarias), igual o superior a la cuantía que se fije en la convocatoria, y que se haya producido como consecuencia del cambio de categoría, grupo profesional o funciones, según Convenio Colectivo, si fuera de aplicación.”

- La Base 11.ª apartado 1 c) y J), quedaría como sigue:

Se suprime el contenido del apartado 1 c).

Se modifica el apartado 1 j), quedando redactado así: j) Declaración responsable acerca de la veracidad de los datos consignados en la solicitud, relativos a la titularidad de la cuenta bancaria.”

Disposición Transitoria.- Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta Orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su publicación.

Disposición Final.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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