RESOLUCIÓN DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 9 DE ABRIL DE 2008, POR LA QUE SE REGULAN, ENTRE OTROS, LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN/CONVALIDACIÓN DEL CARNÉ PROFESIONAL EN INSTALACIONES TÉRMICAS DE EDIFICIOS.
Por Resolución de esta Dirección General de Industria Energía y Minas de fecha 9 de abril de 2008, se regulan en la Comunidad Autónoma de Andalucía los procedimientos para la obtención/convalidación del carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE-07), estableciéndose, en su punto primero, dos últimas convocatorias de exámenes en el año 2008 para la obtención del carné de Instalador y Mantenedor de Calefacción y Agua Caliente sanitaria y de Climatización, con las exigencias del Real Decreto 1751/1998 , de 31 de julio (RITE 98).
La citada Resolución, en los apartados c) y d) del punto segundo, establece, para las personas que participen en estas dos últimas convocatorias, el requisito de estar en posesión a fecha 1 de marzo de 2009 de los carnés profesionales según RITE 98 para poder obtener la convalidación o acceder, antes del 1 de marzo de 2011, a un curso de formación complementario teórico-práctico previsto en RITE 07.
Con el objeto de adecuar la citada fecha al calendario de exámenes de las convocatorias realizadas, y de evitar asimismo perjuicios a los interesados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en virtud de las competencias que tiene atribuidas para establecer disposiciones complementarias en la materia, según lo dispuesto en la Ley 6/2006 , de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2009, de 23 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 168/2009 , de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,
RESUELVE
Dejar sin efectos, en los apartados c) y d) del punto segundo de la Resolución de 9 de abril de 2008, la fecha establecida de 1 de marzo de 2009 para estar en posesión de los carnés profesionales previstos en el artículo 15 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE-98).
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.