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Creación de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana

01/12/2009
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Decreto 84/2009, de 20 de noviembre, de modificación del Decreto 46/2008, de 11 de abril, de creación de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana (BOCAIB de 28 de noviembre de 2009). Texto completo. (Ref. Iustel §006522 Vínculo a legislación)

El Decreto 84/2009 modifica los artículos 1, 3 y 6 del Decreto 46/2008, de 11 de abril, de creación de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana.

El Decreto 46/2008, de 11 de abril, de creación de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 84/2009, DE 20 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 46/2008, DE 11 DE ABRIL, DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

El Decreto 46/2008 Vínculo a legislación, de 11 de abril, de creación de la Comisión Interdepartamental para la Participación Ciudadana, crea el órgano colegiado que vela por establecer e impulsar la participación ciudadana y que garantiza la coordinación, el intercambio de opiniones, la coherencia y la complementariedad de las acciones, como también los recursos y las actividades que, en materia de participación ciudadana y en la elaboración y la ejecución de las políticas públicas, impulsen las diferentes consejerías.

La mencionada Comisión fue adscrita a la Consejería de Presidencia, a través de la Dirección general de Relaciones Institucionales, y actuaba bajo la dependencia jerárquica de esta.

En virtud de la disposición adicional primera del Decreto 17/2009, de 9 de octubre, del presidente de las Illes Balears, por el cual se establece la nueva estructura orgánica básica de la Presidencia y que también modifica la estructura orgánica básica de algunas consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, las funciones en materia de participación ciudadana quedan adscritas a la Dirección general de Calidad de los Servicios.

En consecuencia, a propuesta del consejero de Presidencia, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de día 20 de noviembre de 2009, DECRETO

Artículo primero

El apartado segundo del artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 46/2008, de 11 de abril, se modifica en los términos siguientes:

2. La mencionada Comisión se adscribe a la Consejería de Presidencia, a través de la Dirección general de Calidad de los Servicios, y actúa bajo la dependencia jerárquica de ésta.

Artículo segundo

El artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto 46/2008, de 11 de abril, se modifica en los términos siguientes:

1. La Comisión Interdepartamental está integrada por los siguientes miembros:

a) El consejero de Presidencia, que la preside.

b) El director general de Calidad de los Servicios de la Consejería de Presidencia, que es el vicepresidente primero.

c) El director general de Coordinación y Proyectos Estratégicos de la Consejería de Presidencia, que es el vicepresidente segundo.

d) La directora general de Relaciones con el Parlamento y de Coordinación Normativa de la Consejería de Presidencia.

e) Un vocal en representación de cada consejería de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, designado por el consejero respectivo.

2. Ocupará la secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto, la persona designada por el director general de Calidad de los Servicios.

Artículo tercero

El apartado segundo del artículo 6 Vínculo a legislación del Decreto 46/2008, de 11 de abril, se modifica en los términos siguientes:

2. En caso de ausencia o cualquier otro impedimento legal de la persona que ocupe la secretaría, la suplirá la persona que determine el director general de Calidad de los Servicios.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que se establece en este Decreto.

Disposición final

Este Decreto entra en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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