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Medidas especiales de regulación del tráfico

30/11/2009
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Resolución de 19 de octubre de 2009, de la Dirección General de Tráfico, por la que se deja sin efecto una condición de circulación, contemplada en la Resolución de 2 de febrero de 2009, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2009 (BOE de 30 de noviembre de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19 DE OCTUBRE DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO UNA CONDICIÓN DE CIRCULACIÓN, CONTEMPLADA EN LA RESOLUCIÓN DE 2 DE FEBRERO DE 2009, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS ESPECIALES DE REGULACIÓN DEL TRÁFICO DURANTE EL AÑO 2009.

Por razones derivadas de la situación actual de infraestructura en la carretera A-8065 entre Sevilla y San Juan de Aznalfarache (Sevilla) una vez finalizadas las obras de modificación de la sección transversal de la calzada, hacen incompatible la circulación de vehículos en condiciones de VAO, por este motivo y a la vista del contenido de la Resolución de 2 de Vínculo a legislación febrero de 2009, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2009 (página 14219 del B.O.E. número 35, de 10 de febrero), el Director General de Tráfico resuelve lo siguiente:

Disposición única.

Se deja sin efecto la condición de circulación por carril reservado para la circulación de vehículos con alta ocupación (VAO) en la carretera A-8065 entre Sevilla y San Juan de Aznalfarache (Sevilla), establecida en el apartado Primero, letra D, número 2, de la citada Resolución de 2 de Vínculo a legislación febrero de 2009, de la Dirección General de Tráfico, quedando esta plataforma reservada para el transporte público, manteniéndose el resto de la disposición en su contenido actual.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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