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  • EDICIÓN DE 15/07/2009
 
 

Modificación de las subvenciones para financiar actuaciones de restauración y rehabilitación ambiental de espacios degradados

15/07/2009
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Orden MED 8/2009, de 3 de julio, por la que se modifica la Orden MED 43/2008, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para financiar actuaciones de restauración y rehabilitación ambiental de los espacios degradados realizadas por entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante los años 2009 y 2010 (BOCA de 14 de julio de 2009). Texto completo.

ORDEN MED 8/2009, DE 3 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN MED 43/2008, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTUACIONES DE RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN AMBIENTAL DE LOS ESPACIOS DEGRADADOS REALIZADAS POR ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, DURANTE LOS AÑOS 2009 Y 2010.

En la base de la convocatoria se hace constar en el ar-tículo 10, la financiación, cuantía y abono de la orden, debiéndose poner el apartado primero de este artículo en relación con el apartado séptimo que regula la forma de pago a realizar de forma fraccionada. Dado que el 33% de la subvención otorgada se financia con cargo a los presupuestos de la Consejería de Medio Ambiente para el ejercicio 2009, y que este 33% de la cuantía máxima a conceder de 750.000 euros no es la establecida en el apartado primero del artículo 10 se pretende modificar dicho apartado.

Por ello, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único.- Se modifica el apartado primero del artículo 10, que queda redactado como sigue:

“1. Las subvenciones a conceder tendrán una cuantía máxima de setecientos cincuenta mil euros (750.000,00 euros), y se financiarán de la siguiente manera:

- La cantidad de doscientos cuarenta y siete mil quinientos euros (247.500,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria 07.03.456B.762.01 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el años 2009.

- La cantidad de quinientos dos mil quinientos euros (502.500,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria que corresponda del año 2010”.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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