El Consejo del Secretariado es el instrumento de participación democrática del cuerpo jurídico superior de los secretarios judiciales. Incardinado en el Ministerio de Justicia, el organismo cuenta con autonomía funcional y asume atribuciones consultivas en las materias que afectan a los secretarios judiciales.
Es la primera vez que dicho organismo presidido por el director general de Modernización y secretario general de la Administración de Justicia, contará, además de los miembros natos (cuatro vocales), con seis vocales elegidos democráticamente por y entre los secretarios judiciales.
Para el desarrollo del proceso electoral se han dictado una serie instrucciones y constituido una Junta Electoral Central bajo la presidencia del Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo.
Podrán presentarse candidaturas hasta el día 17 de junio. Éstas podrán ser también presentadas mediante el aval de un grupo de electores, asociación profesional legalmente constituida o por una organización sindical. En cualquiera de los casos, las candidaturas deberán cumplir con el principio de paridad entre hombres y mujeres establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.