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Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015)

21/05/2009
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Orden de 22 de abril de 2009, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 14 de abril de 2009, por el que se aprueba el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015) (BOA de 20 de mayo de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE ABRIL DE 2009, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN DE FECHA 14 DE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN (2009-2015).

El Gobierno de Aragón en su reunión de 14 de abril de 2009, adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015).

El Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015) ha sido sometido a la evaluación ambiental estratégica prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, así como por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón. El artículo 21 de la citada Ley 7/2006 prevé que, una vez aprobado el plan o programa, el promotor o, en el caso de planes y programas de iniciativa privada, el órgano competente para su aprobación publicará en el “Boletín Oficial de Aragón” la siguiente documentación:

a. El plan o programa aprobado.

b. Un resumen que indique de qué manera se han integrado en el plan o programa los aspectos ambientales y cómo se han tomado en consideración el informe de sostenibilidad ambiental, los resultados de las consultas y la memoria ambiental, así como las razones de la elección del plan o programa aprobados en relación con las alternativas consideradas.

c. Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

d. Un resumen no técnico de la documentación contenida en los puntos b) y c).

Por la presente Orden se procede a dar publicidad al Acuerdo de 14 de abril del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015) (se acompaña como Anexo I a la presente Orden), al Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (se acompaña como Anexo II a la presente Orden) y a la documentación a que se refiere el articulo 21 de la Ley 7/2006 de 22 de junio de Protección Ambiental de Aragón (se acompaña como Anexo III a la presente Orden).

ANEXO I

ACUERDO DE 14 DE ABRIL DE 2009, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE ARAGÓN (2009-2015)

De acuerdo con lo establecido en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, el Gobierno de Aragón aprobó, por Acuerdo de 11 de enero de 2005, el Plan de Gestión Integral de los Residuos de la Comunidad Autónoma de Aragón (2005- 2008) que suponía el primer instrumento de planificación de carácter integral en materia de residuos.

La necesidad de renovarlo al haber sobrepasado su horizonte temporal, unido a los cambios significativos respecto a la situación del año 2005, incluidos los avances derivados de los modelos y medidas previstos en el propio Plan, hacen necesaria una actualización y reprogramación del mismo, a la cual, de acuerdo con la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, le es de aplicación el procedimiento de evaluación ambiental estratégica contemplado en la citada ley.

La actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón. Horizonte: 2009-2015 (GIRA 2009-2015), se plantea como un instrumento de planificación integrada para la gestión de los residuos en la Comunidad Autónoma de Aragón y se basa en una serie de principios establecidos por la Unión Europea para alcanzar el objetivo de integrar el desarrollo socioeconómico con la protección del medio ambiente.

El Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón 2009-2015 actualizado se aplica a todos los residuos generados en Aragón y a los gestionados en su territorio, dentro del marco que establecen la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos y la nueva Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los residuos. Contempla dos tipos de programas: programas transversales, comunes a todos los residuos y programas sectoriales, para cada uno de los tipos de residuos.

Los programas transversales (prevención, valorización y control) establecen objetivos generales y se aplican a todos los residuos incluidos en el plan. Entre los mismos destacan el desarrollo de políticas activas de prevención, el fomento del intercambio de buenas prácticas, el fomento del uso de las mejores técnicas disponibles, el fomento de las tecnologías limpias y la gestión avanzada de los residuos, el fomento de la reducción del uso de sustancias peligrosas o su sustitución por otras de menor peligrosidad o riesgo ambiental o para la salud humana, la búsqueda de la participación de los ciudadanos y agentes sociales implicados, el aumento del conocimiento de la producción y gestión de los residuos y su evolución, el control de los servicios públicos, y, a través de este conocimiento, fomentar la mayor transparencia hacia el público en general de los datos de producción y gestión de residuos y el impulso de la aplicación del principio de jerarquía.

Por su parte, en cada uno de los programas sectoriales se describe la situación actual en Aragón en lo que respecta a la generación de residuos y sus formas de gestión actuales, se describe el modelo de gestión elegido, incluyendo las actividades de prevención y las formas de gestión contempladas, se establecen los objetivos de reducción, reciclado, valorización y eliminación y las infraestructuras públicas necesarias para la gestión de los residuos, generalmente ya existentes o ya consideradas en el Plan GIRA 2005-2008.

El Plan dedica apartados específicos para adecuar la gestión de residuos a la lucha contra el cambio climático, para demostrar la coherencia del mismo con otras planificaciones y estrategias como la de desarrollo sostenible, movilidad sostenible o política de productos integrados y a resumir el modelo de gestión previsto en Aragón en relación al tratamiento térmico de los residuos, rechazándose la incineración como forma de eliminación.

La tramitación ambiental del Plan comenzó con la remisión con fecha 31 de marzo de 2008 por parte de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) de la memoria resumen y del análisis preliminar de incidencia ambiental de la actualización del Plan GIRA para el periodo 2009-2015.

El INAGA, tras un trámite de consultas previas a las administraciones públicas afectadas y al público interesado, el 1 de julio de 2008 remitió a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático el Documento de Referencia, que determina la amplitud y nivel de detalle del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), los criterios ambientales y principios de sostenibilidad que deben tenerse en cuenta para la fijación de programas y objetivos de la actualización del Plan GIRA, el sistema de indicadores ambientales que sirva de base para realizar la evaluación y seguimiento ambiental del mismo, así como el listado de Administraciones publicas afectadas y público interesado que deberían ser consultados.

La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, mediante Resolución de 29 de agosto de 2008, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón” n.º 145 de 12 de septiembre de 2008, sometió a información pública el borrador del Plan GIRA 2009-2015 conjuntamente con el ISA durante un plazo de dos meses Igualmente, se procedió a realizar las consultas preceptivas a las Administraciones publicas afectadas y público interesado.

Además, se desarrolló un conjunto coordinado de talleres y sesiones participativas, no exigidas por la legislación vigente, con el objeto de implementar la mayor participación en la elaboración del Plan y también se solicitó dictamen a la Comisión de Seguimiento del plan GIRA 2005-2008, en cuyo seno se creó un grupo de trabajo al efecto.

Se han producido un número notable de participaciones y aportaciones durante el periodo de información pública y de consultas. Así, de resultas del proceso de consultas preceptivas e información pública se recibieron respuestas de 18 entidades directamente consultadas y 12 respuestas de entidades conocedoras del proceso de participación pública a través del anuncio en el “Boletín Oficial de Aragón”. A través de los talleres, sesiones participativas y el grupo de trabajo de la Comisión de seguimiento del plan GIRA 2005-2008, se recibieron también gran cantidad de aportaciones y observaciones.

En definitiva, el total de alegaciones recibidas, entre las respuestas al proceso de información pública, consultas preceptivas, talleres y Comisión de seguimiento, ascendió a 516, todas ellas referidas al texto de la actualización del Plan y ninguna al Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Del total de las 516 alegaciones presentadas, se han admitido total o parcialmente 372 alegaciones y no se han atendido 144, procediéndose a incorporar en el texto de la propuesta de Actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (Horizonte 2009-2015), las alegaciones atendidas.

Las observaciones, sugerencias y propuestas admitidas son conformes con los principios y espíritu del GIRA y le otorgan mayor precisión, concreción y claridad o subsanan errores contribuyendo constructivamente a la mejora de la definición y detalle del mismo. Las alegaciones no admitidas son, en general, juicios de valor (que no constituyen propiamente alegaciones) o alegaciones contra determinaciones que están establecidas en la normativa vigente (en particular en el régimen jurídico de los Servicios Públicos de gestión de residuos) y que no tienen cabida en este trámite, ya que el Plan GIRA no tiene carácter normativo. También se han rechazado algunas alegaciones que defendían posiciones extremas respecto al tratamiento térmico de los residuos.

Finalizado el plazo de información pública y recepción de alegaciones e incorporadas las alegaciones atendidas en el texto de la propuesta del Plan, con fecha 23 de enero de 2009 se remitió al INAGA el expediente completo. Dicho órgano ha emitido la preceptiva Memoria Ambiental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 7/2006 de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.

Dicha memoria concluye

- El proceso de Evaluación Ambiental de Planes y Programas que se ha efectuado se ajusta a los requisitos exigidos por la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón y en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

- Los impactos ambientales potencialmente significativos, tanto favorables como adversos, han quedado suficientemente identificados. Se considera, por otro lado, que con las medidas correctoras a implementar y los indicadores de seguimiento ambiental diseñados podrá asegurarse el control de las incidencias ambientales de la aplicación del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015), si se desarrolla adecuadamente.

De acuerdo con lo anterior y con el objetivo de garantizar la menor incidencia ambiental posible del Plan, el INAGA ha formulado las siguientes determinaciones:

- Una vez transpuesta al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se deberá realizar una revisión del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015) para adaptarla al nuevo régimen jurídico derivado de la directiva.

- Los proyectos de infraestructuras derivados del Plan que estén incluidos en los Anexo II y III de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, deberán ser sometidos a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental que les correspondan.

- Los proyectos de infraestructuras derivados del Plan que estén incluidos en el Anexo VI de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, deberán ser sometidos a autorización ambiental integrada.

- Se realizará el seguimiento del Plan mediante el cálculo anual de los indicadores propuestos en el Informe de Sostenibilidad Ambiental.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 14 de abril de 2009, se adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Aprobar el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón para el periodo 2009-2015 con la redacción que figura como anexo al presente Acuerdo con las siguientes prescripciones:

- Una vez transpuesta al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se deberá realizar una revisión del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (2009-2015) para adaptarla al nuevo régimen jurídico derivado de la citada directiva.

- Los proyectos de infraestructuras derivados del Plan que estén incluidos en los Anexo II y III de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, deberán ser sometidos a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental que les correspondan.

- Los proyectos de infraestructuras derivados del Plan que estén incluidos en el Anexo VI de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, deberán ser sometidos a autorización ambiental integrada.

- Se realizará el seguimiento del Plan mediante el cálculo anual de los indicadores propuestos en el Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Segundo.-Declarar de utilidad pública e interés social, a efectos de la legislación de expropiación forzosa, el establecimiento o ampliación de las instalaciones de almacenamiento, valorización y eliminación de residuos que deriven de dicho Plan.

Tercero.-Remitir el Plan a las Cortes de Aragón para su debate en la Comisión de Medio Ambiente.

Cuarto.-Dejar sin efecto el Plan de Gestión Integral de Residuos de la Comunidad Autónoma de Aragón (2005-2008).

Quinto.-Publicar el Plan con su texto definitivo en el “Boletín Oficial de Aragón” acompañado de la documentación establecida en el artículo 21 de la Ley 7/2006 de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.

Sexto.-El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Anexos

Omitidos.

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