La Ley 2/2009 modifica las Reglas 1 y 6 de la Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia
La Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
LEY 2/2009, DE 12 DE MARZO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 5/2008, DE 13 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE EXTINGUE LA CÁMARA AGRARIA DE LA REGIÓN DE MURCIA.
El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/2009, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 5/2008 , de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al ampara del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Artículo 1.- Modificación del párrafo 3.º de la regla 1.ª y modificación de la regla 6.ª del artículo 5, Régimen de personal.
- Párrafo 3.º de la regla 1.ª.
Donde dice: sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería de Economía y Hacienda, debe decir: sin perjuicio de la dependencia orgánica de dicho personal de la Consejería competente en materia de administraciones públicas.
- Regla 6.ª, relativa a la fecha de incorporación efectiva del personal de la Cámara.
Donde dice: mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, debe decir: mediante Orden de la Consejería competente en materia de administraciones públicas.