ORDEN DE 20 DE FEBRERO DE 2009, DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE ANULA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA ORDEN DE 6 DE MARZO DE 2001 DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA.
Por Orden de 6 de marzo de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia, se desarrollaron las condiciones de aplicación de lo contemplado en el Artículo 5.9 del Real Decreto 575/1991, de 22 de abril, regulador de la movilidad entre Cuerpos docentes a los funcionarios docentes con destino en los centros educativos dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En el recurso Contencioso-Administrativo n.º de autos 728/2001, promovido a instancia de la Asociación de Profesores de Secundaria, contra la mencionada Orden, se dictó Sentencia el 29 de noviembre de 2004 por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en la que se anulaba la Disposición transitoria de la misma y se imponían las costas a la Diputación General de Aragón.
Interpuesto por la Comunidad Autónoma de Aragón recurso de Casación n.º de autos 809/2005, contra dicha Sentencia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, se ha dictado Sentencia de fecha 17 de diciembre de 2008, en la que se estima el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Asociación de Profesores de Secundaria y se confirma la Sentencia anterior en lo relativo a la anulación de la mencionada Disposición Transitoria de la Orden reseñada.
La Orden de 4 de febrero de 2009, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, ha dispuesto el cumplimiento de la Sentencia de fecha 17 de diciembre de 2008 del Tribunal Supremo.
El Decreto 29/2004 , de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, modificado por el Decreto 151/2004 , de 8 de junio, regula en su Artículo 1 las competencias generales, entre las que se encuentran las referidas en materia de gestión de personal docente no universitario. Y en su Artículo 16, atribuye a la Dirección General de Gestión de Personal el ejercicio de dicha competencia.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Gestión de Personal, dispongo:
Artículo único.-Se anula la Disposición transitoria de la Orden de 6 de marzo de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia.
Disposición final.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.