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  • EDICIÓN DE 20/02/2009
 
 

Reconversión de determinadas especies frutícolas

20/02/2009
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Resolución de 23 de enero de 2009, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2009 las ayudas destinadas a la reconversión de determinadas especies frutícolas reguladas en la Orden que se cita y en el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo (BOJA de 19 de febrero de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE ENERO DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2009 LAS AYUDAS DESTINADAS A LA RECONVERSIÓN DE DETERMINADAS ESPECIES FRUTÍCOLAS REGULADAS EN LA ORDEN QUE SE CITA Y EN EL REAL DECRETO 358/2006, DE 24 DE MARZO.

La Consejería de Agricultura y Pesca, a través de la Orden de 22 de febrero de 2007 (BOJA núm. 51, de 13 de marzo), ha establecido las bases reguladoras, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas durante el período 2006-2011, previstas en el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo (BOE núm. 75, de 29 de marzo).

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 11 de la citada Orden, corresponde a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera realizar las convocatorias anuales de las ayudas reguladas en dicha Orden.

En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

Primero. Se convoca para el ejercicio 2009 la concesión de ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas reguladas en la Orden de la Consejería de Agricultura y Peca de 22 de febrero de 2007, modificada por la Orden de 21 de mayo de 2007 (BOJA núm. 104, de 28 de mayo), y por la Orden de 8 de abril de 2008 (BOJA núm. 80, de 22 de abril), y en el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo, modificado por el Real Decreto 443/2007, de 3 de abril (BOE núm. 81, de 4 de abril).

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 30 de abril de 2009.

Tercero. Las solicitudes deberán formularse en el modelo que figura como Anexo I y II a la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de febrero de 2007.

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