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CON LA EXCUSA DE BOLONIA: SUPRESIÓN DEL CATÁLOGO DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS; por Germán Orón; Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Jaume I de Castellón y colaborador de Iustel y Andrés Recalde Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Jaume I de Castellón

13/05/2008
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El día 12 de mayo se publicó en el Diario Levante-EMV, un artículo de los profesores Germán Orón y Andrés Recalde en el cual opinan sobre la Declaración de Bolonia. Transcribimos íntegramente dicho artículo.

CON LA EXCUSA DE BOLONIA: SUPRESIÓN DEL CATÁLOGO DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS

Desde que se produjo la llamada Declaración de Bolonia en 1999, las universidades se encuentran inmersas en el proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Sin embargo, este espacio presenta fronteras (no sólo territoriales) difusas. Con seguridad, de él sólo se sabe que se pretende armonizar el sistema universitario en Europa con un horizonte temporal fijado en 2010.

Quizá no sea baladí recordar que la Declaración de Bolonia y otras posteriores responden a un compromiso no formal de los Estados asistentes a aquellas reuniones; pero no es consecuencia de normas dictadas por instancias superiores a los Estados, que les obliguen de acuerdo con su sistema de producción legislativa. Este procedimiento ha impedido una valoración adecuada y suficiente sobre lo positivo que hay en el nuevo modelo, o sobre sus inconvenientes, que afloran cada vez más. Se entiende, así, el rechazo al mismo, incluso en nuestro país, de algunos de los bloques duros de la enseñanza superior (medicina, arquitectura, ingenierías) o el desmarque paulatino de alguno de los países con mayor prestigio en las universidades (en las enseñanzas de Derecho es sintomático el rechazo, mayor o menor, de países tan relevantes como Alemania o Italia).

No obstante, con la excusa de la construcción del EEES y en cumplimiento de una palabra empeñada fuera de cualquier marco formal de adopción de disposiciones normativas, se han ido produciendo cambios importantes en la legislación interna, como el RD 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Actualmente, los titulados universitarios lo son en una rama del conocimiento, con una denominación común y con bastante homogeneidad en el contenido de los estudios cursados sea cual sea la universidad donde obtengan su titulación. Durante el proceso de cambio en el que estamos inmersos, primero se trató de sistematizar un catálogo de titulaciones oficiales que deberían existir en España, incluso reduciendo las actualmente existentes. Pero, por razones que se escapan a la mayoría, el nuevo Real Decreto ha dispuesto que, en el futuro, las propias universidades crearán y propondrán las enseñanzas y los títulos que se hayan de impartir y expedir. Se prescinde, por tanto, de cualquier sujeción a un catálogo previo de grados o de la precisión del contenido básico de las titulaciones a impartir.

Si esto llega a materializarse, el futuro estudiante universitario ya no sólo deberá tomar la decisión de qué titulación estudiar, sino que deberá bucear en la procelosa oferta de las distintas universidades investigando sobre el contenido que tendrá cada título o grado, previo análisis de la denominación que le hubiera dado la universidad. En este caso, parece que la excusa para una modificación tan drástica del sistema universitario fue la autonomía universitaria.

El único límite podría provenir de que, en el control y verificación de los planes de estudio por la Aneca, ésta optase por entender que el primer plan que se le presente, por ejemplo, para el grado en Biológicas, fuera a condicionar el resto de planes en esta titulación. Podría suceder que si se atribuyó aquella denominación a un determinado contenido formativo, la misma denominación no se fuera a admitir para un plan cuyo contenido se separase del precedente.

Es cierto que esta extraordinaria autonomía no alcanzará a los títulos que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España. En esos casos, el Gobierno se compromete a establecer las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios. Sin embargo, es ésta una incógnita parcialmente resuelta. Para sorpresa de muchos, parece que el ministerio no tenía previsto aprobar condiciones comunes en los estudios de Derecho. La esperpéntica consecuencia sería admitir la posibilidad de desviaciones profundas (y no meramente referidas a materias accesorias que pudieran cursarse optativamente) en los planes de estudio de Derecho que ofrecen las distintas universidades españolas. Y, sin embargo, todos los titulados lo serían en Derecho.

Ante la falta de identificación de los grados respecto de los cuales el Gobierno establecerá condiciones comunes, hay universidades que ya están elaborando los futuros planes de estudios para títulos que podrían verse afectados por esas condiciones o directrices uniformes. Y es que en este proceso demasiadas veces se han ido poniendo los carros delante de los bueyes. Un magnífico ejemplo de ello se da en los postgrado que se han elaborado para graduados que aún no existen.

Pero, lo que es más importante, y ello no sólo afecta a los planes de Derecho, la principal consecuencia del nuevo modelo será la falta de homogeneidad de los productos que se ofrecen, algo que, unido a un cada vez más difícil acceso y depuración de la información relevante, dificultará a los estudiantes la decisión sobre qué estudios cursar. Los criterios económicos no son los más adecuados para resolver los problemas de la universidad española. Pero, puesto que parecen primar sobre los académicos entre quienes gobiernan nuestras universidades, no debería dejar de recordarse que homogeneidad del producto y transparencia son los presupuestos para el funcionamiento eficiente de cualquier mercado.

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