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CURSO SOBRE LA LEY 9/2007, DE 13 DE JUNIO, DE SUBVENCIONES DE GALICIA

26/09/2007
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La Escuela Gallega de Administración Pública, en colaboración con la Asociación Profesional de Letrados de la Xunta de Galicia, convoca un curso sobre la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Destinatarios:

Funcionarios de la Xunta de Galicia de los grupos A y B, personal laboral de la Xunta de Galicia de los grupos I y II, de sus entes públicos, fundaciones y empresas y sociedades públicas y gestores y directivos de los mismos.

Objetivos:

Procurar el conocimiento teórico y práctico de la normativa gallega en materia de subvenciones, ayudas y figuras afines. Estudio comparativo con la normativa estatal y comunitaria en la materia.

Contenido:

Tema 1.- La subvención: concepto, caracteres y principios.

Régimen jurídico: ámbito de aplicación de la Ley de subvenciones de Galicia en relación con la normativa estatal y comunitaria.

Tema 2.- Elementos subjetivos de las subvenciones: entes subvencionadores, entidades colaboradoras, beneficiarios de la subvención.

Elementos objetivos de la subvención: gastos subvencionables.

Tema 3.-Ayudas del Estado. Especial referencia a la normativa comunitaria.

Tema 4.- Procedimientos de concesión de las subvenciones públicas con especial referencia a las bases de la convocatoria.

Tema 5.- Las subvenciones frente a otras figuras jurídicas afines: especial referencia a las donaciones modales, a las becas, premios e inversiones inmateriales.

Tema 6.- Justificación, reintegro y comprobación de subvenciones. Infracciones y sanciones en materia de subvenciones.

Tema 7: Gestión presupuestaria de las subvenciones.

Tema 8: Control financiero de las subvenciones.

Fechas y horario:

De lunes a jueves, de 5.00 a 8.00 de la tarde, entre los días 8 y 18 de octubre de 2007.

La duración del curso será de 24 horas.

Plazas:

25.

Solicitudes:

a) El personal que desee participar en los cursos de esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula en línea de la aplicación informática de la Escuela Gallega de Administración Pública, que pueden encontrar en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula.

b) Para cubrir correctamente los formularios de solicitud, en la citada dirección de internet se dispondrá de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes.

c) Los formularios cubiertos adecuadamente en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula se entenderán presentados en la EGAP.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información para la presentación de la solicitud, se podrán dirigir a la EGAP a través de la dirección de correo electrónico [email protected], que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

Para más información pueden llamar a los teléfonos 981 54 62 39/41.

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 2 de octubre de 2007.

Selección:

Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 30 de enero de 2007 (Diario Oficial de Galicia n.º 27, del 7 de febrero).

La selección de los participantes será realizada por la Asociación Profesional de Letrados de la Xunta de Galicia, a quien corresponde la dirección y responsabilidad académica del curso.

La EGAP publicará en su página web los admitidos a dicho curso.

Desarrollo:

El curso convocado se desarrollará en el aula 15 de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP), sita en la calle Madrid, 2 - 4 en Santiago de Compostela.

Modificaciones:

La EGAP reserva para si la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo del curso, así como la de cancelarlo, si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

Asistencia a los cursos.

a) El personal seleccionado no podrá renunciar al curso, salvo por causa de fuerza mayor suficientemente justificada, necesidades del servicio o causas justificadas manifestadas documentalmente por la persona responsable del departamento administrativo en el que desarrolle su labor. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de 7 días hábiles, siempre que sea posible antes del comienzo del curso a fin de cubrir la vacante y deberá acompañar la acreditación documental de su causa. La renuncia o abandono no justificado debidamente supondrá la exclusión del seleccionado de las convocatorias del año en curso y de las del año siguiente, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 30 de enero de 2007 por la cual se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública.

b) Durante la celebración de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto y, asimismo, constarán como incidencias las ausencias dentro de cada sesión. Esto implica que el personal que participe en los cursos tendrá que anotar la hora de llegada o salida, en el caso de hacerlo durante la duración oficial del curso, para poder acreditar el tiempo que faltó. De no hacerlo así y realizarse un control de asistencia extraordinario, perderá el derecho a recibir el certificado.

Certificados:

a) Se le otorgará el correspondiente certificado de asistencia al alumnado que participe con regularidad y dedicación en el desarrollo del curso. A efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por el alumnado, la EGAP podrá fijar la realización de las pruebas que considere oportunas.

b) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso. Cualquier ausencia no justificada o justificada insuficientemente implicará la pérdida del derecho al certificado acreditativo de la participación en el curso.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, que se acreditará documentalmente ante el servicio competente de la EGAP o persona responsable del curso en un plazo máximo de 10 días después de que éste finalice y que, en ningún caso, podrá superar el 15% de las horas lectivas.

c) Para que quede conocimiento y constancia en su expediente, las personas participantes en los cursos tendrán que facilitar una copia de las certificaciones recibidas al Servicio de Personal del centro directivo al que estén adscritos.

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