ORDEN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE OCTUBRE DE 2004, POR LA QUE SE REGULAN LAS OPERACIONES DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2004 Y APERTURA DEL EJERCICIO 2005, ASÍ COMO LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR DEL EJERCICIO 2004
Los acontecimientos acaecidos recientemente en el continente Asiático obligan a introducir una modificación en los plazos contenidos en la Orden de 20 de octubre de 2004, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2004.
En su virtud, tengo a bien disponer:
Artículo único: La instrucción 3.3 queda redactada con el siguiente tenor literal:
3.3.- Los documentos ADO y O deberán remitirse a las respectivas Intervenciones Delegadas antes del día 22 de diciembre, a excepción de los reconocimientos de obligaciones derivados de la Política Agraria Comunitaria que podrán remitirse a Intervención Delegada hasta el día 29 de diciembre para su contabilización y pago antes del día 31 de dicho mes. Del mismo modo quedan excepcionados de esta regla los documentos y fases contables relacionados con la aplicación presupuestaria 14.04.313C.790.00 Ayudas al Tercer Mundo, que se admitirán hasta el día 30 de diciembre.
Disposición final: La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.