RESOLUCIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2004, SOBRE LOS ÓRGANOS COMPETENTES PARA EXPEDIR COPIAS AUTÉNTICAS DE DOCUMENTOS
Considerando que el artículo 35.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece como un derecho de los ciudadanos obtener copias de los documentos contenidos en los procedimientos en que tengan la condición de interesados;
Considerando que el artículo 37.8 de la misma ley dispone que el derecho de acceso a los archivos implica el derecho a obtener copias de los documentos o certificados de estos documentos, el examen de los cuales esté autorizado;
Considerando que el artículo 46.1 de la norma obliga a cada administración pública a determinar los órganos con competencia para expedir copias auténticas de documentos públicos o privados;
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 16 de la Ley 15/1991, de 4 de julio, de modificación de la Ley 6/1984, de 5 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña,
Resuelvo:
.1 Atribuir la competencia para expedir copias auténticas de los documentos públicos y privados al jefe de la Secretaría administrativa de la Sindicatura, a la funcionaria del grupo A de titulación señora Montserrat Teixidó Herrero y a la funcionaria del grupo D señora Mercé Torelló Magrans, ambas adscritas a la Secretaría General de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña.
.2 Publicar esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.