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  • EDICIÓN DE 14/12/2004
 
 

MEDIOS PERSONALES TRASPASADOS POR EL REAL DECRETO 1789/2004, DE 30 DE JULIO

14/12/2004
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Decreto 555/2004, de 7 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca los medios personales traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1789/2004, de 30 de julio, en materia de Pesca (Cofradías de Pescadores) (BOJA de 14 de diciembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 555/2004, DE 7 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ASIGNAN A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA LOS MEDIOS PERSONALES TRASPASADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA POR EL REAL DECRETO 1789/2004, DE 30 DE JULIO, EN MATERIA DE PESCA (COFRADÍAS DE PESCADORES)

El Real Decreto 1789/2004, de 30 de julio, sobre ampliación de los medios personales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 2687/1983, de 21 de septiembre, en materia de pesca (cofradías de pescadores) (BOE núm. 186, de 3 de agosto de 2004), precisa la aprobación de una disposición que asigne tales medios personales a la Consejería competente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de diciembre de 2004 DISPONGO

Artículo único. Asignación de medios.

Se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca los medios personales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del Real Decreto 1789/2004, de 30 de julio, sobre ampliación de medios personales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 2687/1983, de 21 de septiembre, en materia de pesca (cofradías de pescadores).

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la efectividad del traspaso a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias y de las previsiones contenidas en el artículo 3 del Real Decreto 1789/2004, de 30 de julio.

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