Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/11/2004
 
 

ACCIONES DE DESARROLLO LOCAL DEL SERVICIO DE OCUPACIÓN DE CATALUÑA

26/11/2004
Compartir: 

Orden TRI/418/2004, de 11 de noviembre, por la que se fija un plazo excepcional para la realización de las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para la ocupación durante el periodo de 2003-2006 mediante la Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril (DOGC de 26 de noviembre de 2004). Texto completo.

ORDEN TRI/418/2004, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE FIJA UN PLAZO EXCEPCIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACCIONES DE DESARROLLO LOCAL QUE PROMUEVE EL SERVICIO DE OCUPACIÓN DE CATALUÑA MEDIANTE PACTOS TERRITORIALES PARA LA OCUPACIÓN DURANTE EL PERIODO DE 2003-2006 MEDIANTE LA RESOLUCIÓN TRI/864/2004, DE 1 DE ABRIL

El 5 de abril de 2004 se publicó en el DOGC núm. 4106, la Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril, de convocatoria para el año 2004 para presentar solicitudes de subvenciones relativas a las acciones desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para la ocupación durante el periodo 2003-2006.

Dado que el artículo 8 de esta Resolución establece que el plazo de ejecución de las acciones objeto de esta convocatoria será hasta el 31 de diciembre de 2004;

Visto que la convocatoria para el 2004 no se publicó hasta el 5 de mayo de 2004 y que el 3 de agosto de 2004 se publicó la Resolución TRI/2162/204, por la que se modifican los importes máximos destinados a estas acciones dado que se habían obtenido fondos adicionales para el otorgamiento de subvenciones, se ha detectado la necesidad de ampliar el plazo de ejecución de las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para la ocupación para lograr la óptima realización de las acciones y, en consecuencia, la estrategia integrada de políticas activas que tienen por objeto el desarrollo y funcionamiento de los pactos territoriales;

Dado lo que dispone el artículo 18 del Orden TIC/222/2003, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras que tienen que regir las subvenciones relativas a las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para la ocupación en el periodo 2003-2006, y se convocan las correspondientes al año 2003 (DOGC núm. 3888, de 21.5.2003);

Dado lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de Diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791 A, de 31.12.2002);

Considerando el informe previo de la Asesoría Jurídica y a propuesta del director del Servicio de Ocupación de Cataluña, y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Ampliación del plazo de ejecución

Las acciones desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales para la ocupación durante el periodo 2003-2006 que prevé Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril, de convocatoria para el año 2004, podrán excepcionalmente finalizar hasta el día 10 de marzo de 2005, siempre y cuando se hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2004.

Artículo 2

Justificación de los gastos

En el supuesto de que las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña mediante pactos territoriales se acojan a la ampliación del plazo de ejecución previsto en el artículo 1 de esta Orden, la entidad coordinadora del pacto territorial para la ocupación tendrá que presentar la justificación de los gastos de las actuaciones ejecutadas por el pacto en un plazo de un mes desde el plazo de ejecución de la acción.

Disposición final

Esta Orden producirá sus efectos el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana