RESOLUCIÓN EDC/3140/2004, DE 16 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDC/2359/2004, DE 16 DE AGOSTO, POR LA QUE SE AUTORIZAN LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL QUE SE PODRÁN IMPARTIR DURANTE EL CURSO 2004-2005 (DOGC NÚM. 4216, DE 10.9.2004)
Por la Resolución EDC/2359/2004, de 16 de agosto (DOGC núm. 4216, de 10.9.2004), se autorizaron los programas de garantía social que se podrán impartir durante el curso 2004-2005.
Dado que se han observado errores en el anexo de dicha Resolución, y de acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,
Resuelvo:
Modificar el anexo de la Resolución EDC/2359/2004, de 16 de agosto, en el sentido siguiente:
En la página 16597, 1ª columna, 7º párrafo, donde el centro organizador es Fundación ADSIS, donde dice:
“Código: 08055518”,
debe decir:
“Código: 08960224”.
En la página 16597, 2ª columna, 2º párrafo, donde el centro organizador es Guia Centre d'Orientació i Iniciació Laboral, donde dice:
“Código 08055038”,
debe decir:
“Código 08960223”.
En la página 16597, 3ª columna, 2º párrafo, donde el centro organizador es STUCOM, Centre d'estudis, donde dice:
“Perfil: auxiliar de oficina, auxiliar de instalador de antenas”,
debe decir:
“Perfil: auxiliar de oficina, auxiliar de oficina”.
En la página 16601, 3ª columna, 4º párrafo, donde el centro organizador es Associació Can Xatarra, donde dice:
“Dirección del centro organizador: Associació Can Xatarra N-430, 201”,
debe decir:
“Dirección del centro organizador: Associació Can Xatarra N-340, 201”.
Incorporación de un nuevo centro organizador en la página 16602, 1ª columna, 2º párrafo:
“Programa: Formación en técnicas agropecuarias.
“Localidad: Gandesa.
“Número de grupos: 1.
“Perfil: auxiliar en técnicas agropecuarias.
“Código: 43001243.
“Dirección del centro organizador: CCA de Gandesa.
“Assis Garrote, s/n.
“43780 Gandesa.”
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, las personas interesadas podrán interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.