DECRETO 409/2004, DE 19 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ASIGNAN AL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA LOS MEDIOS PATRIMONIALES TRASPASADOS A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN MATERIA DE AGRICULTURA (SENPA)
Considerando el Real decreto 1947/2004, de 27 de septiembre, de modificación y ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña por el Real decreto 2075/1995, de 22 de diciembre, en la gestión encargada en materia de agricultura, SENPA (DOGC núm. 4229, de 30.9.2004);
En consecuencia, de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo 1
Se asignan al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca los medios patrimoniales adscritos a los servicios que, en materia de agricultura (SENPA), fueron traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real decreto 2075/1995, de 22 de diciembre, y que han sido modificados y ampliados en virtud del Real decreto 1947/2004, de 27 de septiembre.
Artículo 2
El Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca ejercerá, respecto a los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados, las facultades que le corresponden según la normativa vigente.
Artículo 3
El patrimonio transferido por el citado Real decreto queda integrado en el patrimonio de la Generalidad de Cataluña y afectado al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Economía y Finanzas, en los términos que prevé el Decreto legislativo 1/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de patrimonio de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones que lo regulen.
Disposición final
Se faculta, en el ámbito de sus respectivas competencias, a los consejeros de Economía y Finanzas y de Agricultura, Ganadería y Pesca para dictar las normas y adoptar las medidas que sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de este Decreto.