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MODELOS DEL IMPUESTO SOBRE EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA

27/10/2004
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Orden de 22 de octubre de 2004, por la que se aprueban los modelos de pago fraccionado a cuenta y de declaración-liquidación anual del Impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, y se determina el lugar de pago (BOJA de 27 de octubre de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE OCTUBRE DE 2004, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PAGO FRACCIONADO A CUENTA Y DE DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE EMISIÓN DE GASES A LA ATMÓSFERA, Y SE DETERMINA EL LUGAR DE PAGO

El Capítulo I del Título II de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, crea y regula los impuestos ecológicos, entre ellos, el impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, con la finalidad de la protección y defensa del medio ambiente.

En lo que se refiere al impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, los artículos 36 y 37 de la citada Ley 18/2003 regulan los pagos fraccionados a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso así como la declaración anual que deben presentar los sujetos pasivos por cada instalación estableciendo que, al tiempo de presentar la declaración, deberán determinar la cuota diferencial y, si esta fuera positiva, ingresar su importe en el lugar y forma establecidos por la Consejería de Economía y Hacienda.

Finalmente, el artículo 18.1 de la referida Ley dispone que la citada Consejería aprobará los modelos de declaración y declaración-liquidación del impuesto referido y determinará el lugar y la forma de pago.

En cumplimiento de las determinaciones legales mencionadas, la presente Orden aprueba los modelos que deberán utilizar los sujetos pasivos para el cumplimiento de las obligaciones referidas y determina el lugar de presentación de las declaraciones y el lugar de pago posibilitando que éste pueda efectuarse en la entidad de crédito y ahorro que preste el servicio de caja en la respectiva Delegación Provincial u oficina tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda o en cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, DISPONGO Artículo 1. Modelo 731 de pago fraccionado a cuenta del impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera.

1. Se aprueba el modelo 731 de pago fraccionado a cuenta correspondiente al impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, que figura como anexo de la presente Orden, cuya utilización será obligatoria para los contribuyentes de dicho impuesto.

El impreso constará de tres ejemplares: “ejemplar para el interesado”, “ejemplar para la Administración” y “talón de cargo”.

2. El impreso, ajustado al modelo referido en el apartado anterior, deberá cumplimentarse de forma individual por cada instalación sujeta al impuesto y presentarse en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda en cuyo ámbito territorial radique la instalación desde la que se realicen las emisiones a la atmósfera.

El ingreso podrá realizarse en la entidad de crédito y ahorro que preste el servicio de caja en la respectiva Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda u Oficina Tributaria de Jerez de la Frontera (Cádiz) así como en cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma.

3. Realizado el ingreso, la entidad financiera validará el mismo con la certificación mecánica o firma autorizada, reteniendo el ejemplar “talón de cargo” y entregará a la persona que realice el ingreso el “ejemplar para la Administración” así como el “ejemplar para el interesado” como justificante del ingreso.

Efectuada dicha validación por la entidad financiera, el impreso deberá presentarse en la Delegación Provincial competente de la Consejería de Economía y Hacienda referida en el apartado anterior, que retendrá el “ejemplar para la Administración “ y devolverá al presentador el “ejemplar para el interesado” debidamente diligenciado.

En el supuesto de que no procediera realizar el ingreso deberá cumplimentarse el impreso correspondiente y presentarse en la respectiva Delegación Provincial que procederá conforme se señala en el párrafo anterior.

Artículo 2. Modelo 732 de declaración-liquidación anual del impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera.

1. Se aprueba el modelo 732 de declaración-liquidación anual correspondiente al impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera, que figura como anexo de la presente Orden, cuya utilización será obligatoria para los contribuyentes de dicho impuesto.

El impreso constará de tres ejemplares: “ejemplar para el interesado”, “ejemplar para la Administración” y “talón de cargo”.

2. La cumplimentación del impreso, procedimiento y lugar de presentación y de pago se ajustarán a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo anterior.

Disposición adicional primera. Obtención de los impresos.

Los impresos ajustados a los modelos que se aprueban mediante la presente Orden se podrán obtener y confeccionar en la página web de la Consejería de Economía y Hacienda (http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda).

Igualmente estarán a disposición de los interesados en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.

Disposición adicional segunda. Habilitación para la ejecución.

Se autoriza a los titulares de las Direcciones Generales de Tributos e Inspección Tributaria y de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, para cuantas actuaciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO

Omitido

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