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HABILITACIÓN DE CRÉDITOS EN EL PROGRAMA 7110 “ESTRUCTURA Y APOYO”, POR INGRESOS OBTENIDOS EN EL PROGRAMA 9211 “RELACIONES FINANCIERAS CON SECTOR PÚBLICO ESPAÑOL”

25/10/2004
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Decreto 189/2004, de 13 de octubre, por el que se habilitan créditos en el Programa 7110 “Estructura y Apoyo”, por ingresos obtenidos en el Programa 9211 “Relaciones Financieras con Sector Público Español”, del Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004, por importe de 146.638,00 euros (BOPV de 25 de octubre de 2004). Texto completo.

Existen compromisos firmes de aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por importe de 146.638,00 euros en virtud del Convenio de Colaboración en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria suscrito entre el citado Ministerio y el Departamento de Agricultura y Pesca, con el objeto de armonizar a nivel estatal la información estadística.

Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82, 83 y 131 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi, y en el artículo 19.1 de la Ley 8/2002, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2003, prorrogados para 2004.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de octubre de 2004,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:

Programa Subconcepto euros

7110 238.99 146.638,00

Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:

Programa Subconcepto euros

9211 431.00 146.638,00

Los fondos se destinarán a financiar la armonización de la información estadística en materia agraria, pesquera y alimentaria.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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