Existen compromisos firmes de aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por importe de 146.638,00 euros en virtud del Convenio de Colaboración en materia de estadística e información agraria, pesquera y alimentaria suscrito entre el citado Ministerio y el Departamento de Agricultura y Pesca, con el objeto de armonizar a nivel estatal la información estadística.
Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82, 83 y 131 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi, y en el artículo 19.1 de la Ley 8/2002, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2003, prorrogados para 2004.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de octubre de 2004,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:
Programa Subconcepto euros
7110 238.99 146.638,00
Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:
Programa Subconcepto euros
9211 431.00 146.638,00
Los fondos se destinarán a financiar la armonización de la información estadística en materia agraria, pesquera y alimentaria.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.