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AYUDAS PARA LA DIVERSIFICACIÓN ECONÓMICA DE LAS ZONAS RURALES DEL PROGRAMA PRODER

21/09/2004
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Orden ARP/321/2004, de 7 de septiembre, por la que se incrementa la cuantía de las ayudas para la diversificación económica de las zonas rurales del programa Proder de Cataluña, relativas al período de programación 2000-2006 correspondientes al año 2004, convocadas por la Orden ARP/246/2004, de 12 julio.

ORDEN ARP/321/2004, DE 7 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE INCREMENTA LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS PARA LA DIVERSIFICACIÓN ECONÓMICA DE LAS ZONAS RURALES DEL PROGRAMA PRODER DE CATALUÑA, RELATIVAS AL PERÍODO DE PROGRAMACIÓN 2000-2006 CORRESPONDIENTES AL AÑO 2004, CONVOCADAS POR LA ORDEN ARP/246/2004, DE 12 JULIO

La Generalidad de Cataluña, mediante el Acuerdo de Gobierno de 13 de diciembre de 1999, aprobó el Programa de desarrollo rural (PDR) de Cataluña para el período 2000-2006, que fue presentado y aprobado por la Comisión de la UE mediante la Decisión de 14 de septiembre de 2000 (PDR-5).

Mediante la Orden ARP/246/2004, de 12 julio, se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la diversificación económica de las zonas rurales del programa Proder de Cataluña, relativas al período de programación 2000-2006, y se convocan las correspondientes al año 2004 (DOGC núm. 4178, de 20.7.2004).

Valorada la conveniencia de fomentar estos tipos de ayuda, y que se beneficie de estos el mayor número posible de solicitantes, es necesario ampliar la dotación presupuestaria asignada a la citada Orden.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Se incrementa en 990.000 euros la cuantía de las ayudas para la diversificación económica de las zonas rurales del Programa Proder en Cataluña, que establece la Orden ARP/246/2004, de 12 de julio, el importe máximo actual es de 4.388.657,27 euros.

El incremento de la cuantía de las ayudas que establece esta Orden irá a cargo de la partida 1702 D/773170300/5211 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca para el año 2004.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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