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NÚMERO Y DENOMINACIÓN DE LAS CONSELLERIAS CON COMPETENCIAS EJECUTIVAS

30/08/2004
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Decreto 131/2004, de 27 de agosto, del Consell de la Generalitat, por el que se determina el número y denominación de las consellerias con competencias ejecutivas en las que se organiza la administración de la Generalitat (DOGV de 30 de agosto de 2004). Texto completo.

DECRETO 131/2004, DE 27 DE AGOSTO, DEL CONSELL DE LA GENERALITAT, POR EL QUE SE DETERMINA EL NÚMERO Y DENOMINACIÓN DE LAS CONSELLERIAS CON COMPETENCIAS EJECUTIVAS EN LAS QUE SE ORGANIZA LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT

El artículo 31.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana atribuye a la Generalitat la competencia exclusiva para la organización de sus instituciones de autogobierno, por lo que, teniendo en cuenta que el propio estatuto en el artículo 17.2 limita a 10 el número de consellerias con funciones ejecutivas, el Consell de la Generalitat es competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 34 y 69 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de Gobierno Valenciano, para fijar el número de éstas sin exceder del expresado, así como para determinar la denominación que han de recibir estos órganos de la administración de la Generalitat.

Por ello, en uso de las referidas atribuciones, previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 27 de agosto de 2004, y a propuesta de su presidente, DISPONGO

Artículo único

Las consellerias con competencias ejecutivas en las que se organiza la administración de la Generalitat serán 10, con las siguientes denominaciones:

de Economía, Hacienda y Empleo.

de Justicia y Administraciones Públicas.

de Infraestructuras y Transportes.

de Cultura, Educación y Deporte.

de Sanidad.

de Empresa, Universidad y Ciencia.

de Agricultura, Pesca y Alimentación.

de Territorio y Vivienda.

de Bienestar Social.

de Turismo.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su aprobación.

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