Logo de Iustel
Diario del Derecho. Edición de 06/11/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/08/2004
 
 

MEDIDAS PARA PROTEGER AL USUARIO Y EVITAR FRAUDES EN MATERIA DE CONSUMO

23/08/2004
Compartir: 

Los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria, Turismo y Comercio han puesto en marcha nuevas medidas para la protección de los usuarios de los servicios de tarificación adicional así como para la lucha contra el fraude. Las modificaciones realizadas afectan a la Orden Ministerial PRE/361/2002 de febrero de 2002, que regula la prestación de estos servicios.

Los servicios de tarificación adicional además del pago por la llamada telefónica de voz o datos, conllevan una retribución al abonado llamado. En estos casos, los números telefónicos comienzan por las cifras 803, 806, 807 ó 907.

La nueva Orden introduce una serie de mejoras, para una mayor garantía de protección de los derechos de los usuarios:

Para el acceso a los servicios de tarificación adicional vocales, cuyo precio sea superior a 1 euro, será necesaria una solicitud previa y firmada de los usuarios a su operador de acceso.

El abonado tendrá derecho a desconectarse gratuitamente de estos servicios. Deberá realizar una solicitud a su operador, que tendrá que realizarla en el plazo máximo de diez días. Una vez finalizado el plazo, serán a cargo del operador las llamadas realizadas si no hubiese realizado la desconexión.

Los operadores tendrán la obligación suministrar la información sobre el precio, tipo de servicio y titular del servicio, durante 20 segundos, antes de empezar a facturar como tarificación adicional.

Cuando exista disconformidad respecto a la facturación realizada, el abonado podrá presentar una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo o la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

Los operadores tendrán la obligación de informar en las facturas acerca de la identidad del prestador del servicio de tarificación adicional; si incumplen esta obligación el usuario tendrá derecho a no pagar las llamadas sin que le corten el servicio telefónico.

Se potenciarán las actuaciones de control e inspección, y se agilizarán los procedimientos correspondientes en los supuestos de incumplimiento de la normativa en vigor. Asimismo, se impulsará la ejecución de los acuerdos adoptados por la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional en relación con los incumplimientos del Código de Conducta.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana