Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/08/2004
 
 

SERVICIO DE COMEDOR Y OFERTA DE ACTIVIDADES CONTINUADAS EN LOS CENTROS DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES

13/08/2004
Compartir: 

Orden de 30 de julio de 2004, por la que se modifica parcialmente la de 6 de mayo de 2003, por la que se regula el servicio de comedor y la oferta de actividades continuadas en los Centros de Día para Personas Mayores de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA de 13 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 30 DE JULIO DE 2004, POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA DE 6 DE MAYO DE 2003, POR LA QUE SE REGULA EL SERVICIO DE COMEDOR Y LA OFERTA DE ACTIVIDADES CONTINUADAS EN LOS CENTROS DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

El servicio de comedor es una de las medidas previstas en el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, tendente a incrementar la calidad y oferta de servicios a realizar en los Centros de Día para Personas Mayores.

La Orden de 6 de mayo de 2002, por la que se regula el servicio de comedor y la oferta de actividades continuadas en los Centros de Día para Personas Mayores de la Administración de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 5 que dicho servicio se prestará por un precio diario que se hará público en cada centro, sin que pueda ser superior a 3,60 euros.

El compromiso de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social para impulsar actuaciones que incrementen la calidad de vida de las personas mayores de Andalucía, así como la experiencia acumulada desde la puesta en marcha del servicio, hacen necesario establecer de forma permanente la revisión del precio del servicio de comedor, a fin de adecuar el coste y garantizar la calidad del servicio.

En su virtud, a propuesta del Director General de Personas Mayores, de conformidad con el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto 205/2004, de 11 de mayo, por el que se determina la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 6 de mayo de 2002.

Se modifica el apartado 1 del artículo 5 de la Orden de 6 de mayo de 2002, por la que se regula el servicio de comedor y la oferta de actividades continuadas en los Centros de Día para Personas Mayores de la Administración de la Junta de Andalucía, en los términos que a continuación se expresan:

1. El servicio de comedor se prestará por un precio diario que se hará público en cada Centro, sin que pueda ser superior a 4,20 euros.

El precio máximo de referencia será actualizado, con efectos del día primero de cada año, en función del índice de precios al consumo, publicándose dicha actualización en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición transitoria única. Primera actualización.

La primera actualización, conforme al índice de precios al consumo, del precio máximo de referencia a que se refiere el artículo anterior, se producirá con efectos de 1 de enero de 2006.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se autoriza al titular de la Dirección General de Personas Mayores para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2004.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  4. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  5. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  6. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana