Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/07/2004
 
 

AYUDAS PÚBLICAS PARA LA MEJORA DE LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS

21/07/2004
Compartir: 

Decreto 165/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 145/2000, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas para la mejora de la transformación y comercialización de los productos agrarios, en el marco del programa de desarrollo rural de Aragón 2000-2006 (BOA de 21 de julio de 2004). Texto completo.

DECRETO 165/2004, DE 6 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 145/2000, DE 26 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PÚBLICAS PARA LA MEJORA DE LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ARAGÓN 2000-2006

La Comunidad Autónoma es titular de la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía y sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico nacional, tal como establecen los apartados 12ª y 24ª del artículo 35.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, cuyo artículo 40 apartado 4 también dispone que la Diputación General adoptará las medidas necesarias para la ejecución de los tratados internacionales y actos normativos de las organizaciones internacionales en lo que afecten a las materias propias de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Por Decreto 145/2000, de 26 de Julio del gobierno de Aragón, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas públicas para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrarios, de modo que se puso en marcha el sistema de ayudas correspondiente a una de las medidas previstas en el Programa de Desarrollo Rural para Aragón, periodo 2000-2006, cuya financiación cuenta con recursos del FEOGA (Sección Garantía).

El citado Decreto, de acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón, presentado ante la Comisión Europea y en el marco del Reglamento(CE) número 1257/99, establece las bases reguladoras de los incentivos económicos que van a aplicarse a las iniciativas, presentadas por personas físicas o jurídicas que desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma proyectos encaminados a la mejora de la transformación y comercialización de productos agrarios.

Con posterioridad a la aprobación del citado Decreto 145/2000, se ha producido la necesidad de efectuar modificaciones de la Medida contenida en el Programa de Desarrollo Rural, principalmente de los sectores subvencionables y de las exclusiones por sectores o actividades, como consecuencia de la experiencia adquirida durante estos años de aplicación, así como por la diversificación de procesos de transformación y comercialización de nuevos productos introducidos en el mercado, o bien por la adaptación a las nuevas necesidades principalmente sanitarias y de consumo.

Por lo expuesto se instó a la Comisión de la Unión Europea la modificación del Programa de Desarrollo Rural, habiéndose aprobado la misma por Decisión de la Comisión de 27 de abril de 2004, en la que además se establece que serán subvencionables los gastos derivados de las modificaciones a partir del 27 de febrero de 2003.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Alimentación, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 6 de julio de 2004, DISPONGO:

Artículo único.

Modificación del Decreto 145/2000, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas para la mejora de la transformación y comercialización de los productos agrarios, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Aragón, 2000-2006.

Se modifica el apartado 1 del Artículo 3 del Decreto 145/2000, dándole la siguiente redacción:

“1.-Podrán acogerse a las ayudas previstas en los Reglamentos(CE) número 1257/1999 del Consejo y número 445/2002 de la Comisión, las industrias agroalimentarias que, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, realicen inversiones para mejorar la transformación y comercialización de los productos agrarios de los siguientes sectores:

a) Frutas y Hortalizas Frescas y Transformadas.

b) Frutos Secos.

c) Huevos y aves.

d) Leche y Productos lácteos.

e) Cárnicos.

f) Cereales y Arroz.

g) Oleaginosas.

h) Vino y Alcohol.

i) Alimentación animal y Forrajes.

j) Semillas.

k) Patata.

l) Flores y plantas vivero.

m) Varios:

. Animales diversos.

. Plantas de cultivo con destino bioenérgetico.” Disposición transitoria única.-Efectos de la Decisión de la Comisión Europea de 27 de abril de 2004 por la que se modifica el Programa de Desarrollo Rural de Aragón, 2000-2006.

De acuerdo con la Decisión de 27 de abril de 2004, de la Comisión de la Unión Europea, por la que se modifica la Decisión C(2000) 2657 que aprobó el Programa de Desarrollo Rural de Aragón, periodo de programación 2000-2006, los gastos derivados de las modificaciones que introduce podrán ser subvencionables a partir del 27 de febrero de 2003.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana