RESOLUCIÓN DE 23 DE JUNIO DE 2004, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS SOPORTES NORMALIZADOS DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CATALUÑA
La Ley 5/2002, de 19 de abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos, crea el Registro de protección de datos de Cataluña como órgano integrado en la Agencia, y en el apartado cuarto del articulo 15 se establece que, mediante los acuerdos de cooperación necesarios, se integrará la información registral en el Registro general de protección de datos del Estado y se mantendrá actualizada.
Dado que por la Resolución de la Agencia Catalana de Protección de Datos, de 15 de diciembre de 2003, se aprobaron los soportes normalizados para formalizar las inscripciones en el Registro de protección de datos de Cataluña;
Haciendo uso de las competencias que me corresponden al amparo del articulo 15 del Decreto 48/2003, de 20 de febrero,
Resuelvo:
.1 Modificar el impreso de solicitud de inscripción de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal en el Registro de protección de datos de Cataluña, aprobado por el apartado segundo de la Resolución de la Agencia Catalana de Protección de Datos, de 15 de diciembre de 2003, por el modelo que consta en el anexo de esta Resolución.
.2 Modificar el software multiplataforma de ayuda para la generación de notificaciones en formato digital en el Registro de protección de datos de Cataluña, aprobado por el apartado quinto de la Resolución de la Agencia Catalana de Protección de Datos, de 15 de diciembre de 2003, a fin de que se incluya el modelo de solicitud que consta en el anexo de esta Resolución.
.3 El nuevo impreso de solicitud se puede obtener gratuitamente en la sede de la Agencia Catalana de Protección de Datos (Llacuna, 166, 7ª, 08018 Barcelona) o, en formato digital, en el portal www.apdcat.net.
.4 El software de ayuda para la generación de notificaciones, modificado de acuerdo con lo que se determina en esta Resolución, se puede obtener gratuitamente en el portal www.apdcat.net.
.5 Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Anexo
Omitido