CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 5985-2003, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 20.3 DE LA LEY 39/1988, DE 28 DE DICIEMBRE, REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 25/1998, DE 13 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN LEGAL DE LAS TASAS ESTATALES Y LOCALES Y DE REORDENACIÓN DE LAS PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO
El Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5985-2003 planteada por Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Valencia, en relación con el inciso “o visibles desde carreteras, caminos vecinales y demás vías públicas locales” de la letra “s”, del artículo 20.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, por posible vulneración de los arts. 31.1, 133.1 y 132.2 de la Constitución.