Las autoridades belgas dejaron en libertad a los dos posibles terroristas al considerar prescrito, según su legislación, el delito de pertenencia a banda armada que se les imputa en España.
El juez de instrucción encargado del asunto emitió una orden en la que invocaba “una causa manifiesta de rechazo” de la ejecución del mandato de detención europea para este caso, debido a la prescripción de los hechos, calificados por la Justicia belga “de delito y no de crimen”, lo que prescribe en un máximo de diez años.
Cuando en 1996 se solicitó la extradición de Luis Moreno Ramajo y Raquel García Arranz, el Ejecutivo belga se negó a presentar un demanda al Consejo de Estado para autorizar la extradición.
Por otra parte, la Audiencia Nacional ha dictado sendas euroórdenes contra Diego Ugarte López de Arkaute y Jon Gómez López, detenidos el pasado 31 de marzo en Bélgica.