Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/01/2004
 
 

SE INICIA LA VISTA POR LA DEMANDA CIVIL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONTRA SEIS EMPRESAS TABACALERAS

30/01/2004
Compartir: 

La demanda, la primera que impulsa una administración europea contra la industria tabacalera, reclama una indemnización de 1,77 millones Euros por los costes sanitarios generados por el tabaquismo.

La vista se inició el pasado viernes en el Juzgado de Primera Instancia número 68 de Madrid, donde regresó el proceso, tras cerrarse la vía contencioso administrativa. La administración andaluza reclama a seis empresas tabacaleras el pago de la atención sanitaria prestada a 135 pacientes que han sufrido patologías originadas por la adicción al tabaco.

La demanda fue admitida a trámite el 20 de marzo de 2002 por el mismo juzgado que celebra la vista, pero se ha demorado debido al recurso presentado por una de las empresas, tras el cual, la juez instructora concluía mediante auto, que la demanda debía dirigirse a la vía contencioso-administrativa, en base al monopolio del Estado en la fabricación y distribución del tabaco hasta 1998. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid enmendó en mayo de 2003 el criterio de la juez instructora al señalar, que tras la privatización de la compañía, ésta asumió todos sus derechos, obligaciones y responsabilidades futuras.

Los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía pretenden dejar fuera de su reclamación al Estado, argumentando que el monopolio fue de carácter fiscal y no de fabricación y distribución.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  5. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  6. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  7. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  8. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  9. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  10. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana