Diario del Derecho. Edición de 02/12/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/01/2004
 
 

LA COMISIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA DE LA COMUNIDAD DE MADRID RESOLVERÁ EN 15 DÍAS LAS SOLICITUDES DE ABOGADOS DE OFICIO, REALIZADAS POR LAS VÍCTIMAS DE DELITOS VIOLENTOS

30/01/2004
Compartir: 

Esta Comisión estudiará y resolverá cada petición en un plazo máximo de 15 días y únicamente tendrá en cuenta los ingresos económicos de la víctima y no los de la unidad familiar, como ocurría hasta ahora.

El acuerdo adoptado, estipula que el abogado de oficio que se designe actuará como tal durante todo el proceso y se personará como acusación particular en las diligencias.

La Comisión entiende que los supuestos de violencia doméstica son especiales y por eso, además del fiscal, las víctimas deben ir acompañadas de abogado, aunque la ley no obliga a ello.

La Fiscalía de Madrid planteó ante la Comisión la propuesta de facilitar el acceso rápido y sin apenas limitaciones a la asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencia doméstica. El acuerdo establece además la tramitación prioritaria de las solicitudes para que sean resueltas en 15 días. También se acordó que para tener derecho a abogado de oficio sólo se tendrán en cuenta los recursos propios y personales de la víctima, en lugar de la unidad familiar, que recoge la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

Para obtener abogado de oficio será suficiente acreditar que los ingresos personales son inferiores al doble del salario mínimo interprofesional, aunque en circunstancias excepcionales, el límite de ingresos puede llegar hasta el cuádruple de dicho salario.

El derecho de asistencia jurídica gratuita establece el asesoramiento y orientación a la víctima hasta la ejecución de la sentencia y la exime del pago de los depósitos necesarios para interponer los recursos contra resoluciones judiciales.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El beneficiario de una pensión de jubilación anticipada por razón de la actividad tiene derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica
  2. Estudios y Comentarios: Este modelo de educación sexual no funciona; por Carme Guil, magistrada de la Audiencia de Barcelona y presidenta de la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (Gemme)
  3. Actualidad: El TS respalda a un padre que denunció a su mujer por grabar una llamada con sus hijos menores de edad
  4. Tribunal Supremo: No procede la declaración de utilidad pública de los terrenos que están arrendados para la instalación de una Planta eléctrica fotovoltaica, si no se procede a la resolución del contrato de arrendamiento
  5. Actualidad: El TC descarta amparar a Junqueras ante la decisión del TS de suspender la aplicación de la amnistía a la desobediencia
  6. Actualidad: La Audiencia Nacional absuelve al presunto yihadista de Algeciras pero ordena que entre en un centro psiquiátrico
  7. Legislación: Diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoria
  8. Actualidad: La Audiencia de Pontevedra condena a nueve años de cárcel a un hombre por agredir, coaccionar y maltratar a su pareja
  9. Actualidad: El Supremo desestima el recurso de JFG contra la retirada de su Medalla al Mérito en el Trabajo
  10. Legislación: Acuerdo de cooperación entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre los programas europeos de navegación por satélite

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana