Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/11/2003
 
 

EL CONGRESO APRUEBA POR UNANIMIDAD LA NUEVA LEY DE ARBITRAJE

21/11/2003
Compartir: 

El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad la nueva Ley de Arbitraje, un instrumento que facilita la resolución de los conflictos entre los ciudadanos sin necesidad de acudir a los tribunales.

Según el Ministro de Justicia, José María Michavila, “la Ley de Arbitraje facilitará que un alto porcentaje de los conflictos no llegue a juicio”.

El objetivo de la nueva Ley de Arbitraje es conseguir una alternativa eficaz a la vía judicial para resolver los litigios entre empresas y entre particulares.

Su aplicación supondrá, por tanto, una disminución de la carga de trabajo de los órganos judiciales, lo que redundará en una mayor agilidad de la Administración de Justicia.

Pero además, la Ley de Arbitraje aprobada incorpora y adapta a la legislación la Ley Modelo elaborada por la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. Gracias a ello, los agentes económicos de los países con los que España mantiene activas y crecientes relaciones comerciales tendrán mayor conocimiento sobre el contenido del régimen jurídico del arbitraje en España, lo que facilitará e impulsará que se pacten convenios arbitrales.

Entre las ventajas que aporta la nueva Ley de Arbitraje destaca la rapidez ya que los trámites tienen una duración previamente establecida que no puede exceder de los seis meses.

Asimismo, recalca la Ley que se atribuye al laudo fuerza ejecutiva, incluso en los casos en que éste sea impugnado. Con la Ley actual no era posible aplicar un laudo recurrido ante la jurisdicción ordinaria.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Tribunal Supremo: El requisito de haber cumplido 45 años en la fecha del hecho causante para acceder a la prestación en favor de familiares no se ha de juzgar con perspectiva de género al afectar por igual a mujeres y hombres
  6. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  7. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  8. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  9. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana