La Cámara autonómica explica en su escrito a la Mesa del Congreso que si no se ejecutan los traspasos, la Generalitat no puede disponer de los medios necesarios para ejercer las competencias de las que es titular en virtud de su Estatuto de Autonomía.
Considera el Parlamento de Cataluña que la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional no regula explícitamente la legitimación activa de las Comunidades Autónomas para interponer un conflicto negativo de competencias.
Este es el motivo por el que el Parlamento de Cataluña quiere modificar la citada Ley, de modo que se abra una vía que permita a las comunidades “resolver las situaciones de bloqueo competencial derivadas de la falta de transferencias del Estado a las comunidades autónomas”.
La proposición de ley establece que los ejecutivos autonómicos “podrán plantear conflicto en defensa de su autonomía” cuando el Gobierno “impida u obstaculice con su inactividad o por omisión de sus obligaciones constitucionales el ejercicio por parte de la comunidad de las competencias que le confieren su propio estatuto o las leyes orgánicas de transferencia o delegación”.
Del mismo modo, la iniciativa aprobada por la Cámara legislativa de Cataluña incluye la posibilidad de que el Gobierno plantee un conflicto negativo de competencias ante el Tribunal Constitucional cuando los ejecutivos autonómicos no ejerciten las atribuciones propias de sus competencias.