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  • EDICIÓN DE 08/07/2003
 
 

TÍTULO UNIVERSITARIO DE LICENCIADO EN CRIMINOLOGÍA

08/07/2003
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Real Decreto 858/2003, de 4 de julio, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención (BOE de 8 de julio de 2003).

El Real Decreto establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención.

La creación de esta licenciatura viene justificada por la práctica que tienen estos estudios en los Institutos de Criminología de diferentes Universidades españolas, aunque los títulos que otorgan no gozan de carácter oficial.

Con el establecimiento del título universitario oficial de Licenciado en Criminología, el Real Decreto 858/2003 pretende que las referidas enseñanzas proporcionen una formación científica, de carácter interdisciplinar, en los distintos aspectos relacionados con el hecho criminal o con la conducta desviada.

Así, el Real Decreto establece las condiciones de acceso a estos estudios, las exigencias de titulación o superación de estudios previos del primer ciclo y complementos de formación, y la carga lectiva de las enseñanzas.

La licenciatura en Criminología que crea el Real Decreto 858/2003 queda configurada como enseñanza universitaria de segundo ciclo.

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