Diario del Derecho. Edición de 11/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/06/2003
 
 

CAMPAMENTOS DE TURISMO

27/06/2003
Compartir: 

Decreto 164/2003, de 17 de junio, de ordenación de los campamentos de turismo (BOJA de 27 de junio de 2003).

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de ordenación y promoción del turismo en virtud de su Estatuto de Autonomía.

En ejercicio de dicha competencia se aprueba el Decreto 164/2003, debido a la necesidad de actualizar los contenidos del Decreto 154/1987, de 3 de junio, de ordenación y clasificación de campamentos de turismo.

El Decreto autonómico, estructurado en cinco capítulos, incorpora determinadas previsiones en orden a garantizar que el servicio turístico de alojamiento en campamentos de turismo se preste con una mayor calidad y seguridad para los usuarios turísticos, dentro de un marco de desarrollo sostenible.

Destaca en el Decreto 164/2003 la prohibición de la práctica de la acampada libre con la finalidad de proteger los espacios naturales y progresar en las medidas de seguridad.

El texto prevé la ordenación de los campamentos de turismo en las categorías tradicionales, identificadas mediante estrellas y, como novedad, en una de las modalidades que establece el Decreto, pudiendo clasificarse potestativamente en distintas especialidades en función de sus características y calidad de los servicios prestados.

Asimismo, el Decreto 164/2003 determina que las especialidades se aprobarán mediante Orden de la Consejería de Turismo y Deporte.

Establece el Decreto la previsión de que los campamentos que pretendan ubicarse en suelo no urbanizable hayan obtenido previamente el informe ambiental con carácter favorable.

Por otra parte, determina que los titulares de las Delegaciones Provinciales de Turismo y Deporte son los competentes para resolver las solicitudes de inscripción provisional y definitiva de los campamentos en el Registro de Turismo de Andalucía.

La Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Andalucía puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Una sentencia lamentable y su interpretación; por Antonio Bar Cendón, catedrático de Derecho Constitucional y catedrático Jean Monnet ad personam en la Universidad de Valencia
  2. Actualidad: El Supremo confirma la prisión permanente revisable por la muerte de Manuela Chavero
  3. Actualidad: El Supremo confirma ocho años de cárcel para el hombre que habló de matar a Sánchez en un chat de WhatsApp
  4. Estudios y Comentarios: Intervencionismo espurio; por Cecilio Madero, Abogado
  5. Estudios y Comentarios: La corrupción, los servicios; por Jesús Trillo-Figueroa Martínez-Conde, abogado del Estado
  6. Tribunal Supremo: En el delito de estafa por omisión se aprecia la existencia de engaño típico cuando se omiten los comportamientos legales exigidos para evitar el resultado producido, o cuando no se facilita la información obligada
  7. Libros: YELA UCEDA, Mercedes: El delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Análisis jurídico-penal de formas de esclavitud actuales con perspectiva de género y captación mediante nuevas tecnologías, Iustel, 232 Páginas
  8. Actualidad: El TS confirma 16 años y 11 meses de cárcel al exconcejal de Ponferrada (León) que dejó parapléjica a su mujer
  9. Tribunal Supremo: La prestación de asistencia sanitaria por infección de Covid-19 corresponde a las aseguradoras con conciertos con las entidades gestoras del régimen especial de funcionarios
  10. Actualidad: El Supremo fija que el complemento de pensión de brecha de género se conceda a hombres y mujeres en igualdad

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana