Por un lado, de conformidad con la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, corresponde a las Administraciones educativas competentes establecer el currículo de las enseñanzas de formación profesional específica.
Y, por otro, el Decreto 156/1996, de 20 de junio, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en la Comunidad Autónoma de Canarias, determina que corresponde al Gobierno Canario, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, establecer el currículo de los ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes a cada título.
Conforme a esto, el Decreto 101/2003 incluye los objetivos generales, las orientaciones didácticas, los criterios de evaluación y los contenidos de los módulos de formación del currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos.
El currículo establecido en el Decreto 101/2003 requiere un posterior desarrollo en los proyectos curriculares y las programaciones didácticas elaboradas por el equipo docente del ciclo formativo que concrete su adecuación al entorno.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo puede consultarse en el Libro Primero del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.