La Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, dispone que la Junta de Castilla y León elaborará los Planes Regionales de Acción Social, afirmando el carácter vinculante de los mismos para todas las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma y para los sectores privados que perciban fondos públicos.
En base a esta competencia normativa la Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha elaborado el II Plan Sociosanitario, pretendiendo con ello afrontar adecuadamente la coordinación y mejorar el nivel de desempeño de los Sistemas de Acción Social y de Salud de Castilla y León, el cual, se aprueba en el Decreto 59/2003.
El Decreto autonómico contempla diferentes acciones entre las que destacan las relativas a la potenciación de la coordinación sociosanitaria, la garantía de la prestación integrada de servicios en el ámbito comunitario y la prevención de la dependencia, la mejora de la asistencia sanitaria en los centros de carácter social y de la continuidad de cuidados en los hospitales, así como la atención a las necesidades específicas de determinados colectivos.
Los objetivos del II Plan Sociosanitario se establecen con una vigencia que se extiende hasta el 31 de diciembre del año 2007, previéndose no obstante una actualización formal de los mismos a partir del segundo semestre del año 2005, en función de las correspondientes evaluaciones de sus resultados.
La Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales de Castilla y León puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.