La Ley 10/2003 crea el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, como instrumento que asiste a la Consejería que tiene encomendadas las funciones de gestión en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación, en sus funciones de intermediación en el mercado de trabajo y de orientación laboral.
La finalidad de este organismo es poner en conexión la oferta y la demanda de trabajo, facilitar el apoyo a los desempleados en su búsqueda de empleo, la gestión de programas para la inserción laboral de los desempleados y la formación ocupacional.
La Ley 10/2003 establece que el Servicio Público de Empleo actuará bajo los principios de autonomía funcional, igualdad de oportunidades, unicidad del mercado de trabajo, equidad y gratuidad.
En las materias propias de su competencia, la Ley autonómica da entrada en el Servicio Público de Empleo a la Federación Regional de Municipios y Provincias como órgano supremo que aglutina los intereses de la Administración Local a nivel autonómico.
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