La Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía crea la Comisión de Carreteras de Andalucía como órgano de coordinación y concertación administrativa de la planificación viaria, de las actuaciones a realizar y de la programación de las mismas sobre la Red de Carreteras de Andalucía.
Dicha Ley establece que mediante Decreto se establecerá la composición y funciones de dicho órgano consultivo.
Consecuente con lo anterior y en cumplimiento del citado mandato legal se dicta el Decreto 78/2003, el cual integra en la mencionada Comisión de Carreteras a las Administraciones Públicas cuyas competencias puedan verse afectadas por las materias a tratar por dicho órgano.
El Decreto 78/2003 desarrolla reglamentariamente estas previsiones con la pretensión de configurar un órgano consultivo que sirva de foro de concertación a fin de hacer frente a los retos marcados por la Ley de Carreteras de Andalucía.
Asimismo, establece el Decreto autonómico que corresponde a la Comisión de Carreteras atender a cuestiones como la seguridad vial de las carreteras, su restauración paisajista y la necesaria dinamización de la explotación, mantenimiento y conservación del dominio público viario.
La Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.