El Gobierno entiende que la pretensión de configurar el Derecho Civil catalán con un cuerpo normativo completo autointegrado por sus propios y específicos principios generales del Derecho choca con la Constitución.
Señala el Gobierno que la Ley 29/2002, de 30 de diciembre no se ajusta a la normativa constitucional, que reserva al Estado competencia exclusiva en materia de legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales.
También entiende el Gobierno que la citada Ley excede las competencias estatutariamente asumidas por la Comunidad Autónoma al establecer un régimen jurídico de Derecho Civil para Cataluña completo e independiente del Derecho Civil común estatal.
Considera, asimismo, que numerosos preceptos concretos de la Ley exceden la habilitación competencial de la Comunidad Autónoma en materia de derecho civil.