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  • EDICIÓN DE 26/03/2003
 
 

EL 1 DE ABRIL SE REINSTAURA EL COBRO DE LAS TASAS POR EL EJERCICIO DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL EN LOS ÓRDENES CIVIL Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

26/03/2003
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El restablecimiento del cobro de las tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo es una de las vías presupuestarias que ha previsto el Gobierno para cubrir las necesidades económicas que va a generar el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia.

Pese a las críticas que ha suscitado desde distintos ámbitos la implantación de las tasas judiciales, éstas han sido defendidas por expertos economistas, los cuales opinan que su adopción no tiene por qué limitar el acceso a la Justicia de quienes carecen de medios, porque sus necesidades se satisfacen de forma más eficaz con el beneficio de la Justicia gratuita.

En un estudio realizado por dichos economistas queda demostrado que, en términos de eficiencia, la supresión de las tasas en el año 1986 implicó renunciar a un mecanismo que desempeñaba un papel racionalizador de los litigios y de contención del gasto.

De hecho, con la desaparición de las tasas, sólo en el año 1986 se dejaron de ingresar unos 6.000 millones de pesetas que equivalían a más del 10 por ciento del presupuesto público de ese año.

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