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  • EDICIÓN DE 21/03/2003
 
 

EL MINISTERIO DE JUSTICIA DOBLA EL NÚMERO DE JUECES Y FISCALES DE GUARDIA ANTE LA IMPLANTACIÓN DE LOS JUICIOS RÁPIDOS

21/03/2003
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El secretario de Estado de Justicia, Rafael Catalá, que se reunió el pasado viernes con representantes del Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y de Comunidades Autónomas para evaluar la marcha de los trabajos preparatorios para la implantación de los juicios rápidos el próximo 28 de abril, afirmó que para poder llevar a cabo este sistema se doblará el número de jueces y fiscales de guardia.

De esta forma, en el caso de los jueces, el número actual de magistrados de guardia se multiplicará por 2, mientras que el número actual de fiscales de guardia se multiplicará por 3,7.

Rafael Catalá señaló que las deficiencias se están solucionando entre todas las instituciones implicadas para que la puesta en marcha de este tipo de procedimientos sea un éxito.

El secretario de Estado de Justicia rechazó las críticas vertidas por la Fiscalía de Madrid contra la puesta en marcha de esta Ley y afirmó que la nota que enviaron al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, no es realista.

Por su parte, el Consejo General de la Abogacía celebrará el próximo 24 de abril una jornada preparatoria sobre las reformas introducidas en la Ley de Juicios Rápidos, que servirá de ensayo de la puesta en marcha de los juicios rápidos para todos los abogados.

A la jornada asistirán, con motivo de la puesta en vigor de la Ley, el Ministro de Justicia, José María Michavila, el director general para la Modernización de la Justicia, Alberto Dorrego, y representantes del Ministerio del Interior, la Fiscalía General del Estado y el Poder Judicial.

El acto pretende resolver las dudas que se susciten sobre el funcionamiento de la Ley de juicios rápidos a los abogados que quieran participar justo antes de la entrada en vigor de la Ley, prevista para el 28 de abril.

Entre los asuntos a tratar figuran la fase de instrucción, con el tratamiento del imputado y del perjudicado, y la práctica anticipada de pruebas, así como la fase preparatoria del juicio oral, con los plazos necesarios para la formulación del escrito de acusación y la conformidad o las modificaciones en juicios de faltas.

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